La próxima semana se vence el plazo que había dado la Corte Constitucional para tramitar el Código Minero. Desde el 11 de mayo el país volverá a regirse por el código anterior (de 2001), una normatividad para un modelo de extracción que quedó en el pasado, pues hoy existen más requisitos ambientales y sociales para esa actividad.
La sentencia de la Corte había tumbado una reforma al código (de 2010) porque en su formulación no se consultó a las comunidades indígenas, pero difirió los efectos de su decisión dos años para que el gobierno subsanara el tema. Ese proceso fracasó y hoy las mismas comunidades étnicas piden no retroceder en la legislación minera, mientras las empresas exigen tener reglas claras. ¿Qué tiene el código anterior que no le gusta a nadie?
El descontento que generaría la caída del código se veía venir. Tanto, que el gobierno pidió un plazo de cinco meses para hacer la consulta, pero la Corte lo negó porque consideró que el tema era ya cosa juzgada. El magistrado Nilson Pinilla disintió de esa decisión, pues creía que el contenido tenía prelación sobre la forma.
Volver a la legislación anterior tiene muchas implicaciones y todos los sectores se ven perjudicados de alguna manera. El ministro de Minas, Federico Renjifo, aclaró que no se cayó todo el código, sino los 30 artículos reformados en 2010. En la entidad adelantan la reglamentación pertinente para que no exista un vacío jurídico. ¿Qué implicaciones va a tener la decisión de la Corte?
Así afecta al sectorminero
Si la minería es una locomotora, el código sería como sus rieles. Allí no solo hay herramientas para promover el sector, sino también para combatir sus amenazas. Se vienen tres temas difíciles.
1) La lucha contra la minería ilegal: Se cae la legalización de títulos para nuevas solicitudes, una herramienta clave para impedir que los criminales se mimeticen como mineros artesanales. Esto es importante porque a quienes tienen el certificado de estar en ese proceso no se les puede destruir maquinaria ni procesarlos penalmente como ‘mineros ilegales’.
2) Se pierde capacidad de maniobra en las prórrogas: Los contratos con el Estado para la explotación de minerales suelen ser a 30 años. La norma de 2001 preveía hasta tres prórrogas automáticas del mismo término, mientras que la de 2010 permite renegociar las condiciones del contrato. Hay quienes creen que las grandes concesiones del Estado no se ven afectadas pues casos como el Drummond y Cerromatoso se rigen por normas de los años ochenta, cuando fueron concedidos.
3) Se suavizan los requisitos: Con la decisión de la Corte el país vuelve a la época en que se podía sacar un título con la cédula. Se cayó la necesidad de solvencia económica y el pago anticipado de cánones superficiarios que eran clave para frenar la llamada ‘piñata de títulos’. El ministerio va a expedir un decreto para menguar estos efectos.
4) No hay seguridad jurídica: Las empresas se quejan de que no tienen una normatividad clara para trabajar y que este cambio en las reglas del juego afecta la confianza inversionista.
Así afecta al medio ambiente y a los indígenas
El país todavía no tiene claro si el Estado tiene la capacidad de liderar un crecimiento minero que no arrase con la enorme riqueza natural del país. Ni el nuevo código, ni el anterior dan esa tranquilidad.
1) La minería sigue siendo de “utilidad pública”: Esto significa que cuando hay un conflicto con otras actividades esta siempre prima, por lo que a su favor pueden decretarse expropiaciones y otras medidas.
2) Las comunidades étnicas no están contentas: Aunque el código fue tumbado por no haberlos consultado, la Organización Indígena de Colombia mandó una carta a la Corte pidiendo mantener la normatividad demandada. Según ellos, esta “permite la protección del ambiente y establece disposiciones que no solo salvaguardan la supervivencia de los pueblos indígenas”.
3) Los páramos no están a salvo: El veto de la minería en estos ecosistemas, vitales para proteger las fuentes hídricas, también se cayó. Aunque la prohibición está en una sentencia de la Corte Constitucional y en la ley del Plan de Desarrollo, algunos creen que esto no es suficiente y que un nuevo gobierno podría dar marcha atrás fácilmente. Otros ecosistemas como los humedales de la convención Ramsar sí pierden toda protección frente a la minería.
4) Avales para zonas protegidas: Un punto que celebran los ambientalistas es que ya no es necesario que el Ministerio de Minas dé su concepto antes de crear un parque nacional o un área protegida. Esta intromisión de los intereses extractivos tiene frenadas la ampliación del Parque Chiribiquete y la declaratoria de la estrella fluvial Inírida, ambos en la Amazonia.