La complejidad alrededor del caso de los traslados de recursos de personas que se pasaron de los fondos privados hacia Colpensiones, se agudiza.
Cada una de las partes tiene su propia argumentación y en la mitad está la decisión del Consejo de Estado, que se orientó hacia la suspensión provisional de todo el decreto que, según algunas opiniones, no debió salir en los términos en los que lo elaboró el Gobierno.
Luego del rifirrafe que se ha consolidado alrededor del tema, que, además, tomó visos políticos, en medio de la polarización que se vive en el país, Asofondos, uno de los directos implicados en la medida, salió a emitir su pronunciamiento.
En el documento reiteran que “la administración de los ahorros pensionales de los trabajadores colombianos opera en estricto cumplimiento de la ley y, en particular, tras la decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente la totalidad de los efectos del Decreto 415 de 2026″.
Según la organización gremial que lidera Andrés Velasco, "la decisión del alto tribunal reafirma que cualquier actuación relacionada con la administración de los recursos pensionales debe respetar los límites definidos por el Congreso de la República y preservar la seguridad jurídica sobre el destino de los recursos propiedad de los trabajadores y que respaldan y respaldarán su futuro pensional".

Puntos de vista encontrados
Mientras que desde el Gobierno alegan que el Consejo de Estado habría incurrido en prevaricato, es decir, el delito en el que un juez dicta un fallo en contra de una norma vigente, en Asofondos respaldan la decisión del Alto Tribunal. “El Consejo de Estado concluyó preliminarmente que el Gobierno Nacional no se limitó a reglamentar la Ley 2381 de 2024, sino que modificó aspectos esenciales definidos por el legislador. En particular, el alto tribunal señaló que el Decreto 415 modificó el momento legal del traslado de los recursos pensionales, pues la ley establecía expresamente que estos debían permanecer administrados por las AFP hasta la consolidación del derecho pensional”.

Andrés Velasco, presidente de Asofondos, hizo un llamado y es a que “todas las actuaciones relacionadas con el sistema pensional se desarrollen en estricto cumplimiento de la ley, respetando la seguridad jurídica y la destinación específica de unos recursos que pertenecen a millones de trabajadores colombianos y que tienen naturaleza de ahorro de largo plazo”.
Evidenció que el Decreto 514 de 2025 reiteró que el traslado de los recursos al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo solo debía efectuarse una vez reconocida la pensión de vejez. Esas precisamente una de las críticas de Colpensiones, pues en el universo de trasladados ya hay un grupo de pensionados.
Voy con un hilo largo sobre el Auto del Consejo de Estado que suspende el decreto de traslado de los 5 billones de pesos a Colpensiones. ¿Qué está en juego? ¿Cuál fue el razonamiento del magistrado Bedoya?
— Kevin Hartmann (@KevinHartmannC) May 12, 2026
Lo intentaré explicar para que cada quien saque sus conclusiones. pic.twitter.com/VDdxWTCw8D
