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Estos son los requisitos para una salida pedagógica

Conozca la documentación que debe reunir para este tipo de actividades, a propósito del caso de la estudiante del The English School.

3 de mayo de 2016
| Foto: Semana

El accidente que en octubre de 2014 le costó la vida a una estudiante del colegio bogotano The English School y dejó heridos a otros once cuando la embarcación en la que viajaban por el río Amazonas chocó contra otra sacó a la luz el problema que existe con la normativa que regula este tipo de actividades extracurriculares. O por lo menos con el desconocimiento que hay en torno a ellas.

También es problemática la desprotección a la que están sujetos los profesores cuando sucede algún accidente durante la jornada académica, especialmente fuera del establecimiento educativo, pues son ellos los responsables directos de las consecuencias. Y es que en muchos casos los docentes desconocen la tramitología, los permisos y documentos que los rectores de sus respectivos establecimientos deberían exigir para garantizar la seguridad de la salida.

Semana Educación le explica la normativa estatal que regula las salidas pedagógicas.

El Ministerio de Educación Nacional emitió una directiva en junio de 2009 por la que orienta a las secretarías territoriales y los establecimientos educativos de cualquier ciclo formativo sobre la planeación y desarrollo de estas actividades extracurriculares para garantizar “la seguridad e integridad de todos los participantes”. Se trata de una serie de sugerencias que no implican obligatoriedad alguna, de acuerdo con la lógica de la autonomía por la que se rigen los entes territoriales y centros de educación.

Sin embargo, es importante tenerlas en cuenta puesto que el establecimiento educativo, primero, y el profesor, después, son los responsables directos de la seguridad e integridad de los estudiantes durante todo el tiempo que dure la salida pedagógica.

En primer lugar, el establecimiento educativo debe informar con la suficiente antelación a los padres de los estudiantes de cada actividad extracurricular que organice, y se deben incluir todas las especificaciones: localización, actividades, horarios, número de profesores que asistirán y precios.

Los tutores legales de los menores deben remitir al colegio una autorización firmada por la que dan su aprobación con la participación de sus hijos en dicha excursión. En caso contrario, el menor no podrá asistir bajo ninguna condición, y deberá permanecer en el establecimiento educativo realizando actividades formativas durante la jornada lectiva.

En este punto, se recomienda al profesor encargado de coordinar la salida que confirme personalmente y vía telefónica que todos los padres han autorizado a sus hijos. No está de más comprobar, asimismo, que todos los niños tienen al día la acreditación que prueba la afiliación de los menores al sistema general de seguridad social, además de contratar pólizas de seguridad para ellos.

Una vez se han efectuado todos estos pasos y se cuenta con un organigrama y una planeación de la excursión bien definidos y estructurados, el rector del establecimiento educativo deberá informar a las autoridades pertinentes del lugar (entes administrativos y autoridades policiales incluidos) de todos los detalles, como el número de participantes y las actividades que se realizarán. 

Por otro lado, es un requisito indispensable que el rector compruebe minuciosamente las características de todos los lugares y establecimientos incluidos en el itinerario. Es decir, que cuenten con las adecuadas condiciones de seguridad y salubridad, permisos para ofrecer sus servicios, licencias, autorizaciones y todo lo relacionado con las normas vigentes que los regulan. La sugerencia es hacer especial énfasis con las empresas de transporte y sus vehículos.

Si bien esta última fase del proceso es responsabilidad del rector, se recomienda al profesor que verifique de primera mano que su superior, efectivamente, efectúo todas esas diligencias y que cuenta con los documentos que lo demuestran.

 Checklist

- Informar a los padres de la salida con antelación.

-  Autorización firmada por los tutores legales de los niños que acudan a la salida.

 - Cerciorarse con una llamada de que las autorizaciones son auténticas.

-  Asegurarse de contratar pólizas de seguridad para todos los niños. 

-  Informar a las autoridades policiales y administrativas pertinentes de la salida pedagógica.

 - Comprobar los permisos, licencias y toda la documentación de los servicios contratados.

Este artículo hace parte de la edición 15 de la revista Semana Educación que acaba de salir en papel al mercado.  Si quiere informarse sobre lo que pasa en educación en el país y en el exterior suscríbase ya llamando a los teléfonos (1) 607 3010 en Bogotá o en la línea gratuita 01 8000 51 41 41.