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Eduardo Montealegre, ex fiscal general de Colombia. | Foto: Carlos Julio Martínez

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Así fue la “cátedra de derecho” del Tribunal de Bogotá al exfiscal Eduardo Montealegre

Mientras se confirmaba la decisión en el llamado Caso Uribe, los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá, le hicieron recorderis al exfiscal general.

Redacción Semana
11 de octubre de 2023

La decisión del Tribunal de Bogotá, que negó en segunda instancia la preclusión del proceso contra el expresidente Álvaro Uribe, causó algunos reparos, pero ni siquiera el propio exmandatario reprochó los argumentos de los magistrados, redactados en el documento de 283 páginas. Fue impecable, juiciosa y unánime. Una decisión que incluyó recomendaciones y hasta clases de derecho.

El magistrado Carlos Andrés Guzmán fue sensato en la lectura de la decisión y contundente en lo importante de la misma. Al final, después de varias horas de resumen, enumeró algunos puntos que cerraron la discusión y dejaron algunos pendientes para las partes: Fiscalía, víctimas, defensa y hasta los jueces. Sin embargo, resultó interesante el llamado de atención al exfiscal Eduardo Montealegre.

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El exfiscal no le puso freno a sus intervenciones. Habló de más, argumentó poco y olvidó principios básicos del derecho que los magistrados tuvieron que recordarle mientras cerraban la decisión del Caso Uribe. Montealegre se lanzó con una solicitud que resultó improcedente y penosa para un erudito del derecho como es él.

Montealegre radicó una tutela y la perdió. Pero lo que obligó al Tribunal a recordarle al exfiscal algunas clases de derecho, se sentó en la solicitud que hizo a la judicatura para obligar a la Fiscalía a acusar al expresidente Álvaro Uribe, con elementos jurídicos que, al parecer, solo estaban en la urgencia y pasión del exfiscal.

“Como se dijo anteriormente, con fundamento en la jurisprudencia citada, la facultad de actuar como no recurrente está limitada al objeto de debate planteado por quien está debidamente habilitado para acudir en apelación. Los aspectos no incluidos en el recurso no podrán ser planteados o debatidos en esta instancia, pues estaría sustituyendo al legítimo impugnante”, dijo el magistrado del Tribunal.

Carlos Andrés Guzmán y Álvaro Uribe
Carlos Andrés Guzmán y Álvaro Uribe | Foto: Colprensa

El Tribunal insistió que la solicitud del exfiscal es una “intromisión” que podría afectar el sistema penal acusatorio, con un objetivo principal y emocional que, en el caso de Montealegre, resultó improcedente y perjudicial para el proceso, un escenario que debía conocer de antemano el exfiscal.

“En todo caso, como ya se explicó en una tutela de este mismo caso, declarada improcedente por incumplimiento de requisitos de viabilidad y confirmada íntegramente por la Corte Suprema de Justicia, un juez no puede ordenarle a la Fiscalía acusar. Se trataría de una inaceptable intromisión en los roles que cada parte asume en el sistema procesal penal colombiano”, señaló el Tribunal.

El magistrado, que, curiosamente, fue subalterno de Montealegre en la Fiscalía, resaltó lo inaceptable de la solicitud del exfiscal y cómo esa petición resulta ser una función esencial del ente acusador, sin importar quién eleve la petición o la autoridad que la recibe. Hecho que debería ser de conocimiento previó del exfiscal.

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"Álvaro Uribe presente y pido permiso para retirarme", dijo el exmandatario. | Foto: Tomada de la diligencia judicial

“De lo que se concluye, que el acto de acusar es, como lo ha denominado la doctrina especializada, un monopolio exclusivo del Estado, delegado a la Fiscalía. Por ello, ni en la ley vigente, ni en las discusiones del proyecto de la Ley 906 de 2004, o en el derecho comparado, como tampoco en la jurisprudencia, se ha admitido una propuesta como la sugerida por el interviniente”, insistió el magistrado en la decisión.

Advirtieron los magistrados que en todo caso es la Fiscalía la que tiene bajo su responsabilidad definir los elementos y los caminos a seguir en este caso. Tiene al menos 90 días para definir si acusa al expresidente o radica una nueva solicitud de preclusión.