CONGRESO
Presidente de la Cámara se jugó la primera carta contra la objeciones
Alejandro Carlos Chacón envió a la Corte Constitucional una carta en la que pregunta si el Congreso debe tramitar o no las objeciones a la JEP. ¿Habrá respuesta?
Este miércoles los magistrados de la Corte Constitucional recibieron una carta desde la Cámara de Representantes. Su presidente, el representante liberal Alejandro Carlos Chacón, les elevó una consulta tendiente a determinar si el Congreso debe o no tramitar las objeciones que el presidente Iván Duque hizo a seis de los 159 artículos de la ley estatutaria de la JEP.
Esta carta es en la práctica la primera estrategia del Partido Liberal para rechazar las objeciones presidenciales, incluso antes de que estas pudieran llegar a ser tramitadas en el Congreso.
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Chacón asegura que las objeciones, a pesar de llevar el nombre de “inconveniencia” son por inconstitucionalidad, como lo sostuvo la oposición en su derecho de réplica, a través de la representante Juanita Goebertus, y por consiguiente ya fueron resueltas precisamente por la Corte Constitucional. En ese sentido. el presidente de la Cámara se va contra la tesis del presidente Iván Duque al señalar que si bien las objeciones se formularon bajo el título de inconveniencia, al revisar las mismas y los argumentos esgrimidos por el jefe de Estado, “surgen dudas” en el sentido de que estas guardan un estrecho vínculo de carácter inconstitucional: “... los argumentos que soportan las objeciones parecen tener un contenido con relevancia jurídico-constitucional y no estrictamente de inconveniencia”. Y agrega que “las objeciones por inconveniencia solo son aquellas que se refieren a asuntos de carácter económico, social o político”.
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En su carta, el presidente de la Cámara también coincidió con las críticas del procurador general Fernando Carrillo, otro liberal, quien sugirió que antes de que el Congreso tramite las objeciones, la Corte Constitucional debe darles su visto bueno. Para él, con las objeciones Duque no cuestionó la ley estatutaria, sino el fallo de la revisión que hizo la corte de la misma y que la convirtió en cosa juzgada.
La tesis es que la Corte Constitucional debería revisar la procedencia de las objeciones presidenciales antes de que el Congreso proceda con su trámite.
El procurador acogió dos normas: el artículo 168 de la Constitución que señala que si el presidente de la república no sanciona una ley tramitada constitucionalmente deberá hacerlo el presidente del Congreso; y la Ley 5 de 1992 (reglamento del Congreso) que señala para indicar que si el presidente del Senado no sanciona, la mesa directiva del Congreso, antes de avocar el estudio de la ley estatutaria, puede remitir el expediente a la Corte Constitucional, en una solicitud de aclaración al fallo. "La Corte Constitucional no ha perdido facultades para hacer seguimiento al cumplimiento del fallo", subrayó Carrillo el pasado lunes.
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“La posición del procurador tiene relevancia porque los congresistas están sujetos al poder disciplinario de la Procuraduría. Para el procurador, el Congreso no podría pronunciarse sobre las objeciones presidenciales dado el carácter constitucional especial del proyecto de ley estatutaria en cuestión y la improcedencia de las objeciones presidenciales”, se lee en la carta.
Aunque la Corte Constitucional no es un órgano consultivo, no existen antecedentes sobre cómo proceder frente a las leyes estatutarias aprobadas en fast track. Por eso Chacón decidió enviar la carta. Por ahora él espera que en la función de cumplimiento y revisión de la corte a sus sentencias el alto tribunal entregue la respuesta.
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