NACIÓN
"La JEP se crea para acabar con la impunidad de la Fiscalía y la justicia ordinaria": Claudia López
La senadora de la Alianza Verde se refirió a las propuesta del fiscal general, las observaciones de los militares y la extradición de disidentes de las FARC. Último debate de la Jurisdicción Especial de Paz.
Semana.com: ¿Usted le cree al fiscal en sus críticas a la JEP?
Claudia López: Algunas preocupaciones del fiscal eran razonables y ya se incluyeron, pero la mayoría se rechazaron porque insistían en dejar en la Fiscalía y la justicia ordinaria, ¡que tiene niveles de impunidad del 98%!, las competencias centrales de la JEP. Eso es absurdo. La JEP se está creando precisamente porque la Fiscalía y justicia ordinaria han sido incapaces de prevenir y sancionar los delitos relacionados con el conflicto armado y garantizar a las víctimas justicia, reparación y garantías de no repetición. El Fiscal entonces ni hace ni quería dejar hacer por la vía de la JEP.
Lo que se quiere justamente es permitirle a la Fiscalía y la Justicia que pueda concentrarse en asegurar justicia al conjunto de la sociedad, y pasarle a la JEP la responsabilidad de terminar la larga impunidad en relación con los más graves crímenes del conflicto armado y que garantice justicia transicional, verdad y reparación a las víctimas.
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Semana.com: ¿Quién debería tener la competencia para investigar los delitos de ejecución continuada: la Fiscalía o la JEP?
C.L: La JEP siempre debe ser quien defina si un delito continuado es de su competencia o no. En caso de que la JEP considere que un delito continuado no tenía relación directa con el conflicto armado o el proceso de desarme, lo debe enviar a la Fiscalía y la ordinaría para que asuma su competencia.
Excluir de la JEP delitos continuados relacionadas con el conflicto haría inocuo el funcionamiento de la JEP, pues todas las investigaciones se irían a la jurisdicción ordinaria y no se lograrían cerrar los procesos judiciales y con ello garantizar los derechos de las víctimas.
Semana.com: ¿Cree que los militares tienen razón en sus críticas? (en especial sobre la responsabilidad por mando)
C.L: Los militares están equivocados porque el presidente y el ministro de Defensa deliberadamente los están engañando e induciendo al error. Lo ofrecido por el Presidente Santos a los militares en materia de responsabilidad de mando en la JEP es un regalo envenenado, una promesa incumplible. El Gobierno les ha asegurado a los militares que las normas del Estatuto de Roma y el Derecho Penal Internacional (DPI) sobre responsabilidad de mando no aplican en Colombia, no se incorporaron al ordenamiento jurídico y que sólo se les aplicará el Código Penal colombiano y el DIH, si se ajusta a sus propios manuales operativos. Eso es falso y es una irresponsabilidad del Presidente ofrecerlo, del Congreso aprobarlo, y de algunos militares pedirlo. Las normas del Estatuto de Roma y el DPI aplican en su integralidad en Colombia como suscriptor de los convenios internacionales respectivos.
Es cierto que a los militares no se les puede aplicar ningún tipo de responsabilidad objetiva de mando por mera jerarquía y que puede haber normas nacionales específicas sobre responsabilidad de mando, en el ejercicio de soberanía legal de Colombia. Lo que no es cierto es que esas normas puedan ser contrarias a los estándares internacionales o tener por efecto hacerlos inaplicables. Eso lo único que genera es una peligrosa inseguridad jurídica para los militares que cometieron graves delitos en el marco del conflicto armado que quedarían expósitos a ser juzgados en la Corte Penal Internacional.
Yo prefiero que todos los delitos, aun los delitos más atroces de miembros de la fuerza pública como los llamados falsos positivos, sean juzgados en Colombia, por la JEP, con penas muy bajas a cambio de verdad y garantías de no repetición.
Considero un regalo envenenado e incumplible decirles a esos militares que con una leguleyada los protegen de la CPI, cuando el resultado es el contrario. Por eso he enviado una comunicación a la fiscal Bessouda de la CPI para advertirle del intento del gobierno de Colombia de evadir el Estatuto de Roma sobre sus propios agentes para que se tomen los correctivos ahora que todavía estamos a tiempo.
También me parece muy injusto en contra de los militares es que incluyeron la responsabilidad de mando de ellos, pero no las de las Farc, aunque ambas están en los acuerdos. Entonces nuestros altos mandos tienen que responder, así sea con criterios equivocados como son los de la JEP, mientras las Farc quedan limpios. Por eso presenté una ponencia alternativa a la del gobierno.
Semana.com: ¿Qué piensa de que la Procuraduría tenga un rol en la JEP?
C.L: El carácter adversarial de la JEP implica respetar que son dos las partes que se encuentran ante el juez para lograr una decisión de su parte: la Fiscalía y la defensa. Incluir a la Procuraduría como un parte adicional resulta equívoco, innecesario y poco eficaz para la igualdad y agilidad del proceso en la JEP, tal y como ya pasa en la ordinaria.
Por eso, propusimos que la Procuraduría tuviera un papel de representación de víctimas, de manera que entraran a apoyar a las más vulnerables de los procesos, y se evitará el doble papel de la Defensoría del Pueblo de representante de víctimas y victimarios como sucedió en los procesos de Justicia y Paz. Sin embargo, esta propuesta no fue acogida.
Semana.com: Extradición para disidentes o reincidentes: ¿Sí o No?
C.L: Cuando un miembro de las FARC decide abandonar el proceso de reincorporación a la vida civil y como consecuencia renuncia al sistema especial de justicia de la JEP, debe recibir el tratamiento ordinario que le corresponde a cualquier infractor de la ley, sin que le sean aplicables penas especiales ni ningún beneficio derivado del Acuerdo final. En consecuencia, le será aplicable el régimen ordinario de extradición.
Las personas que entren al sistema especial de justicia asumen un compromiso de aportar a las garantías de no repetición, esto es, no volver a ocasionar los daños cometidos en el pasado; reincidir implica incumplir con dichos compromisos, por lo que, previa evaluación de la JEP, se deberá aplicar el sistema ordinario, incluida la extradición.