NACIÓN

Las relaciones sexuales más humillantes

Ante el hacinamiento, los presos de Colombia no tienen derecho siquiera a unos minutos de intimidad. Vergüenza.

18 de febrero de 2014
Algunos reclusos deben tener relaciones sexuales bajo una cobija sostenida por sus compañeros. | Foto: SEMANA.

Hay hechos básicos de la vida que trazan una clara diferencia entre los seres humanos y los animales. Por ejemplo, comer con cubiertos o hacer sus necesidades en un baño. Son cuestiones tan elementales, que en el imaginario colectivo se cree que a ellas tienen derecho los demás. Pero no. En Colombia ocurren unas situaciones tan humillantes con algunas personas, que deberían llenar de vergüenza al Estado.

Esta historia ocurre en el Centro carcelario de reclusión del orden nacional de La Picota, más conocido como ERON. El mismo espacio en donde hace varios meses SEMANA reveló que en uno de sus patios se realizaban fuertes peleas de boxeo clandestinas para que los reclusos apostaran y tuvieran un elemento de distracción.

También allí, en otra oportunidad, un extraditable fue víctima de un atentado que casi le cuesta la vida. Pero también hay otros problemas menos visibles y muy poco publicitados como aquellos que tienen que ver con el respeto a dignidad humana.

Semana.com tuvo acceso a la sentencia T- 815 del 2013 donde, con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, la Corte Constitucional le da una orden con carácter urgente al Gobierno para que tome medidas y proteja los derechos a la intimidad que por mucho tiempo se le ha violado a la población carcelaria.

El fallo se deriva de una acción de tutela interpuesta por Deiler Enrique Sarmiento y 11 reclusos más quienes le piden al Alto Tribunal garantías para que su actividad sexual la puedan desarrollar en condiciones dignas, pues en La Picota (ERON) no hay instalaciones aptas para hacerlo.

Los detenidos incluso cuestionan la nueva modalidad de ‘pico y placa’ para las visitas, lo cual las restringe más.

Los internos deben recibir las visitas conyugales en condiciones de absoluta indignidad. En el relato manifiestan que “sólo existen 20 celdas para una visita conyugal o intima en donde en el pabellón hay 3.500 internos más el sobrecupo”, precisa el interno.

Igualmente señala el interno que se ven obligados a tener relaciones sexuales prácticamente en el piso en condiciones indignas fuera de toda salubridad e higiene, por la falta de instalaciones para realizarlo.

El despacho del magistrado Rojas envió una comisión para verificar hasta qué punto eran ciertos estos relatos y encontró que las cosas son más graves de lo relatado. Solamente existen entre 20 y 25 compartimientos, sin ventilación, y sin luz natural, por lo cual se destinaron zonas de apoyo, dedicadas a talleres y educación, para tener relaciones sexuales.

Varios testimonios de internos relatan que han renunciado a las visitas íntimas puesto que los sitios son “indignos además del corto tiempo de minutos no tienen acceso a preservativos”. Condiciones del todo infrahumanas que violan la intimidad de unas personas, que sí bien están detenidas por algunos delitos, no han perdido todos sus derechos distintos al de la libertad.

En la sentencia se advierte que “el Estado debe garantizar las condiciones para proteger los derechos fundamentales del recluso y su pareja visitante. Las condiciones mínimas para una visita íntima son: privacidad, seguridad, higiene, espacio, mobiliarios, acceso a agua potable, uso de preservativos e instalaciones sanitarias”.

Por lo cual la Corte Constitucional ordenó como medida de choque, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación, crear un plan de contingencia que disminuya la violación de los derechos fundamentales de la visita íntima mediante la creación de ‘campamentos higiénicos’ los días hábiles de las visitas. Así como la entrega de dos preservativos al interno el día de su visita.

Igualmente le ordenan al Ministerio de Justicia, Hacienda, INPEC, que realicen las gestiones presupuestales para iniciar obras de infraestructura con el fin de que las visitas conyugales o íntimas se practiquen en condiciones dignas en el centro carcelario de reclusión de orden nacional La Picota. Igualmente solicita la Corte Constitucional, a la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo y la Personería, vigilar el cumplimiento de esta sentencia y evitar nuevas vulneraciones de derechos a los internos.

La palabra ahora la tiene el Gobierno, que debe atender de inmediato el dramático hacinamiento en las cárceles del país en donde ya esta población está al nivel de los animales.