LA ASAMBLEA
El paso a paso del proceso constituyente
Desde el movimiento ciudadano, pasando por las urnas y las deliberaciones, hasta el resultado final: la promulgación de la Carta.
La convocatoria de la Asamblea Constituyente
La Asamblea Constituyente que deliberó entre el 5 de febrero y el 4 de julio de 1991 fue el punto de llegada de un conjunto de acontecimientos que atropellaron la política colombiana de los años ochenta y principios de los noventa.
Entre ellos, se destaca el movimiento de la séptima papeleta permitió la convocatoria al pueblo.
Esta iniciativa fue vista con recelo por las autoridades electorales. Aunque la Registraduría se opuso a contabilizar las papeletas, alegando falta de tiempo, de formularios y de organización, la iniciativa obtuvo un copioso apoyo. La papeleta se contabilizó de manera extraoficial y abrió espacios para la convocatoria constituyente. La Corte Suprema de Justicia consideró esa votación como “un hecho político que traduce un verdadero mandato de igual naturaleza”. A su vez, el diario El Espectador calificó este episodio como un “remezón en las estructuras políticas”.
La consulta al pueblo para la convocatoria
Ya al final de su mandato, y con base en el artículo 121 de la Constitución de 1886, el gobierno del Presidente Virgilio Barco, interpretó el pronunciamiento popular y expidió el Decreto Legislativo Nº 927 del 3 de mayo de 1990 “Por el cual se dictan medidas tendientes al restablecimiento del orden público”
Mediante este Decreto se ordenó a la organización electoral contabilizar los votos depositados en la fecha de las elecciones presidenciales de 1990, que apoyaban la convocatoria una Asamblea Constitucional. Las elecciones se llevaron a cabo el día 27 de mayo de 1990.
La Corte Suprema y la apelación al pueblo
El decreto fue examinado por la Corte Suprema de Justicia que señaló lo siguiente: “La Nación Constituyente, no por razón de autorizaciones de naturaleza jurídica que la hayan habilitado para actuar sino por la misma fuerza y efectividad de su poder político, goza de la mayor autonomía para adoptar las decisiones que a bien tenga en relación con su estructura política fundamental” (Sentencia del 9 de junio de 1990)
La elección presidencial y la Constituyente
En las elecciones presidenciales de 1990 participaron doce (12) candidatos presidenciales. Por primera vez se utilizó la tarjeta electoral que reemplazó al viejo esquema de la papeleta distribuida en los puestos de votación por cada partido. Los resultados fueron los siguientes:
Cesar Gaviria (Partido Liberal): 2’834.118
Álvaro Gómez (Salvación Nacional): 1’401.128
Antonio Navarro: (A D M-19) 739.320
Rodrigo Lloreda (Partido Social Conservador): 702.043
Otros: 220.460
TOTAL: 5’897.069
En sus campañas, todos los candidatos apoyaron la convocatoria a la Asamblea y la votación a su favor fue muy superior a la que obtuvo el candidato presidencial elegido.
El apoyo popular a la convocatoria de la Constituyente en las elecciones
En estas elecciones, se consultó oficialmente al pueblo sobre la convocatoria a de la Asamblea. El resultado de la votación por la Asamblea Constitucional fue así:
SI: 4’991.887
NO: 226.451
TOTAL: 5’218.338
El Acuerdo Político
Una vez conocidos los resultados de ese escrutinio y ya elegido presidente, Cesar Gaviria se dirigió a los jefes los partidos que obtuvieron votaciones presidenciales superiores al 5% (Salvación Nacional, Partido Social Conservador y AD M-19) y propuso un acuerdo político que permitiera la convocatoria de una asamblea nacional “constitucional”.
El 2 de agosto se suscribió un acuerdo político para la convocatoria a las elecciones. Se definió su período de sesiones; el temario que se sometería a votación; su integración por 70 miembros y dos (2) cupos más para los grupos guerrilleros vinculados a un proceso de paz. Se estableció también un control posterior de la Corte Suprema que decidiría si la reforma fue expedida con base en el temario fijado. Además se conformaron unas Comisiones Preparatorias en las que se registraron, para sorpresa de muchos, cerca de 150.000 iniciativas ciudadanas.
El voto para la convocatoria
Apelando por segunda vez al artículo 121 de la Constitución de 1886, el Gobierno del presidente Cesar Gaviria expide el decreto 1926 de agosto de 1990, mediante el cual se convoca al pueblo a pronunciarse sobre la asamblea constituyente y para elegir a los delegatarios:
La Corte Suprema de Justicia y el paso de una asamblea limitada a una constituyente autónoma y soberana
El 9 de Octubre de 1990, la Corte Suprema de Justicia, declaró constitucional el decreto 1926, en cuanto a la convocatoria e integración. Los apartes que limitaban la competencia de la asamblea fueron declarados inexequibles. También suprimió la norma que disponía un control de constitucionalidad posterior sobre el texto que expidiera la Asamblea.
Esta decisión convirtió a la Asamblea en un cuerpo soberano y autónomo, en una verdadera asamblea constituyente, solo limitada por el mandato fijado por el pueblo en el tarjetón.
Las elecciones del 9 de Diciembre de 1990 y la composición de la Asamblea Constituyente
El acuerdo político para la elección de los integrantes de la Asamblea Constituyente introdujo varios cambios al sistema electoral colombiano que, en su momento, implicaron una verdadera revolución electoral. Se adoptó la circunscripción nacional plurinominal; el uso de la tarjeta electoral; su distribución por el Estado en todos los puestos de votación, reforma esta que ya se había puesto en práctica en la elección presidencial; se establecieron excepciones a los requisitos para la participación de indígenas y jóvenes y dos (2) cupos especiales para los voceros de grupos guerrilleros
Se inscribieron 114 listas, de las cuales se eligieron 46 delegatarios por cuociente y 24 por residuo. Ante las dificultades para agruparse, algunos candidatos y, en particular, el Partido Liberal, apelaron a lo que se denominó la “operación avispa”, para lograr cupos mediante residuos electorales.
El resultado de las elecciones del 9 de diciembre de 1990 fue el siguiente:
Votos por el SI 2’988.963
Votos por el NO 74.055
Total de Votos: 3’063.013
Y la votación por los partidos y movimientos políticos fue un tanto superior.
Total de Votos listas 3’648.355
Votos en blanco 37.735
Total votos válidos 3’686.090
Votos nulos 24.467
Gran total 3’710.557
Los anteriores resultados arrojaron la siguiente composición de la Asamblea:
Partido Liberal 25
Alianza Democrática M-19 19
Movimiento Salvación Nacional 11
Partido Social Conservador 5
Conservador independiente 4
Unión Cristiana 2
Unión Patriótica 2
Movimientos Indígenas 2
EPL (curules proceso de paz) 2
PRT* 1
Quintín Lame* 1
* Con voz pero sin voto, no elegidos.
Total: 74
Las deliberaciones en la Asamblea Constituyente
Los resultados anteriores llevaron a una Constituyente sin mayorías definidas.
La Asamblea dispuso de una presidencia colegiada ejercida por tres constituyentes. Se conformaron cinco (5) comisiones temáticas (principios, derechos y deberes; ordenamiento territorial; estructura del Estado; rama judicial; asuntos económicos y hacienda pública), y las alianzas que se tejieron fueron múltiples, según los temas tratados.
Mediante un acto constituyente de vigencia inmediata, la Asamblea dejó sin efectos una decisión del Consejo de Estado que pretendía sujetar su reglamento a las reglas de la Constitución anterior y aclaró que sus decisiones no estaban sujetas a control judicial alguno.
El Reglamento de la Asamblea estableció que sus decisiones sobre reformas constitucionales se tomarían con el voto favorable de la mayoría de sus miembros, esto es, de 37 delegatarios. Esta realidad contribuyó a que imperara el consenso, pues ninguna fuerza tenía por si sola ese número de votos.
Los acuerdos se fueron perfilando según los distintos temas. Aunque el gobierno presentó un proyecto de Constitución, los delegatarios declararon su autonomía para abordar los temas. El texto final de la nueva Constitución debía ser votado en dos sesiones plenarias, es decir, en doble vuelta, con base en los trabajos adelantados por cada una de las comisiones.
El resultado de todo esto fue un texto de 380 artículos y 60 normas transitorias, para lo cual se tomó, respetando el mandato popular, un término de seis meses.
La asamblea cumplió cabalmente las funciones asignadas por el constituyente primario, en medio de altos niveles de apoyo según lo registraban las encuestas del momento. Por primera vez en muchos años un cuerpo colegiado actuaba en concordancia con el mandato que le fue otorgado.
La consecuencia de ello fue una Constitución pluralista, diversa, incluyente y sin hegemonías y su filosofía clave fue el consenso.