El representante a la Cámara Augusto Posada, del Partido de La U, dijo que “si hay elementos que lleven a pensar que se violaría la libertad de expresión, yo mismo hundo el proyecto”. | Foto: Juan Carlos Sierra

POLÍTICA

La parodia del derecho de autor

Un proyecto de ley que pretende proteger tanto los derechos de autor como las parodias de las obras artísticas se convirtió en una amenaza para la libertad de expresión. El alboroto que produjo parece justificado.

11 de mayo de 2013

Sin mucho ruido, el pasado 16 de abril fue aprobado en su segundo debate un proyecto de ley que busca permitir el uso de obras artísticas o literarias sin necesidad de consultarle a su autor, en el caso de las parodias. La iniciativa nació con la idea de salvaguardar  simultáneamente los derechos que tienen los autores sobre su obra y el de las personas a usarlas en algunos casos específicos. Sin embargo, al hacerse pública, la propuesta se ha prestado para varias interpretaciones que han alarmado a comediantes y periodistas. 

La historia comenzó tras la aprobación de una ley exprés que buscaba regular los derechos de autor con miras a la entrada en vigencia del TLC con Estados Unidos hace más de un año. El debate sobre esa norma —que después tumbó la Corte Constitucional— reveló que la legislación colombiana está atrasada en materia de protección a los derechos de autor en la era digital. Pero lo que es peor, que hay restricciones insólitas al uso de las obras. 

Por ejemplo, quedó al descubierto que las bibliotecas de las universidades no cuentan con autorización expresa en la ley para prestar o reproducir libros o material audiovisual a los estudiantes, si no cuentan con los permisos de los autores. Que los invidentes tampoco pueden pasar obras al sistema Braille. Y que la parodia tampoco está permitida abiertamente. ¿La razón? La Ley 23 de 1982,  que regula el derecho de autor, no se ocupa de esas excepciones que son justificables.

Fue entonces cuando un grupo de legisladores decidió impulsar un proyecto de ley para definir y permitir esas excepciones. El articulado pasó bien librado del primer debate en la Comisión Primera de Cámara, en noviembre pasado, y el de la plenaria de la corporación, hace un poco más de dos semanas. Según Wilson Ríos, abogado experto en derechos de autor, “el proyecto es necesario, porque hoy hay impedimentos para el uso justo de las obras”. 

Sin embargo, los periodistas del programa La Luciérnaga de Caracol Radio advirtieron que el texto del proyecto era ambiguo y podría amordazar la prensa.  Ellos tenían razones de sobra para preocuparse, pues buena parte del contenido de su programa se basa en parodias de canciones conocidas e imitaciones de personajes públicos, que con humor  comentan el acontecer nacional.  

El representante Augusto Posada, promotor del proyecto y actual presidente de la Cámara baja, ha defendido su iniciativa con el argumento de que el propósito de la ley es precisamente el contrario: permitir la parodia sin necesidad de contar con el permiso del autor de la obra, pero sin desproteger a los autores. 

En el debate terció el ministro del Interior, Fernando Carrillo: “El gobierno no acompaña ningún proyecto de ley que pretenda limitar la parodia”, escribió en su cuenta de Twitter. Con esta declaración, esa parte del proyecto quedó herida de muerte a pesar de que cuenta con el aval de la Dirección Nacional de Derechos de Autor, una entidad adscrita al ministerio que lidera Carrillo.

Al instante, Posada respondió que si era necesario retirar el artículo del proyecto que se refiere a la parodia, para no afectar el derecho a la libertad de expresión, lo haría. “Si ellos quieren que se borre esa parte del articulado, la borramos”, dijo a SEMANA. 

Las dos preguntas que saltaron a la palestra en medio de este cruce de declaraciones es si en el contenido de la iniciativa hay razón para preocuparse por la libertad de expresión y hasta dónde es necesario algún grado de regulación. 

El artículo 4 del proyecto, como fue aprobado en la Cámara dice: “Es permitida la transformación de obras artísticas o literarias divulgadas, siempre que se realice con fines de parodia”. Hasta ahí no hay lío. Pero agrega: “Y no implique el riesgo de confusión con la obra originaria, no se afecte el derecho moral de integridad del autor, ni tampoco se cause un perjuicio injustificado a los legítimos intereses del autor o se afecte la normal explotación de la obra originaria”. 

Son estas condiciones para permitir la parodia las que han causado revuelo. En primer lugar, porque una parodia tiende a propiciar confusión con la obra originaria, pues es parte de su naturaleza. No obstante, es necesario aclarar que la parodia se basa en otra obra y debe dar el crédito, aunque en algunas legislaciones como la norteamericana la parodia en sí misma ya es una nueva obra. 

En segundo lugar, pareciera que la iniciativa de Posada se inclina más a favor de los autores que de la parodia. Es decir, protege más el derecho moral del autor que es el que le permite proteger su obra íntegramente porque ahí está representada su identidad y reputación. Por ejemplo, una parodia se puede basar solo en un fragmento de una obra, pero podría afectar “el derecho moral de integridad del autor”.

Tampoco se entiende cuándo se causa un “perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor”. La redacción es tan ambigua, que un autor podría alegar en todo momento que se le están afectando sus legítimos intereses e impedir la parodia. En este caso el problema no lo es tanto para los programas radiales o televisivos que le pagan a Sayco y Acinpro por el uso de canciones o videos, sino para aquellos nuevos creadores de la era digital. 

Por esta razón, la experta en derechos de autor en internet Carolina Botero, quien reconoce que la iniciativa tiene una buena intención, pero está mal diseñada, dijo: “El problema es que no podemos seguir regulando sin contar con los interesados”. En su criterio es preferible no contar con una norma para permitir la parodia, que contar con una mal hecha.

Un caso que podría ilustrar el alcance que tiene esta parte del articulado es lo que ha pasado tras la aparición de cientos de parodias en YouTube de una escena de la película La caída, basada en el episodio de la derrota de  Adolf Hitler frente a los aliados. Los usuarios de internet le han cambiado los subtítulos a la  escena en la que el führer aparece furioso por el fracaso inminente y hacen todo tipo de chistes. 

Pero la empresa Constantin Films, que produjo la cinta, ha tratado de quitar los videos de internet alegando la violación de los derechos de copia. Sin embargo, ni si quiera el propio director de la película Oliver Hirschbiegel está de acuerdo. En una ocasión dijo “creo que es justo si ahora la gente la toma como parte de nuestra historia (la escena) y la utiliza para lo que le gusta”. 

Son nuevos tiempos. La era digital plantea desafíos para proteger tanto los derechos de autor como el de los usuarios a utilizar, copiar y parodiar las obras artísticas y literarias que deambulan en la red. De hecho, varios países han tenido que replantear sus legislaciones, pues sin permitir un uso justificado de las obras sería impensable la creatividad, la innovación y el auge de la industria tecnológica. Por eso es mejor hacer más flexible la norma para permitir la parodia, sin más, en lugar de restringirla con una lista siempre imperfecta de condiciones.