Judiciales

Paro Nacional en Popayán: tres agentes del Esmad fueron declarados inocentes por tortura y privación ilegal de la libertad

La Fiscalía General los acusó de haber retenido ilegamente a una menor de edad en medio de las manifestaciones.

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25 de mayo de 2026 a las 12:21 p. m.
Foto referncial del Esmad durante las protestas del Paro Nacional en 2019.
Foto referncial del Esmad durante las protestas del Paro Nacional en 2019. Foto: Diana Rey

Este lunes 25 de mayo, tras un extenso proceso penal, fueron absueltos los agentes del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad), Víctor Hugo Martínez Martínez, John Jader Montenegro Camilo y Julián Andrés Martínez Martínez.

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En la decisión de primera instancia, el juez de conocimiento determinó que la Fiscalía General no había podido sustentar su tesis por los cargos de tortura agravada y privación ilegal de la libertad por los hechos registrados en la noche del 21 de mayo de 2021 durante el denominado Paro Nacional.

Los agentes fueron acusados por los hechos que rodearon la retención de una menor de edad durante las manifestaciones. Sin embargo, para el juez, los elementos materiales probatorios presentaron un escenario en el que los agentes actuaron de acuerdo a la ley.

“Ni se aprecia que hubo un conocimiento e intención de causar sufrimientos o dolores a esta menor de edad con el fin de castigarla o reprenderla por un acto que ya ha cometido. Lo que se ve es una situación de una aprehensión, de un requerimiento y de un traslado que se hace, por los miembros de la fuerza pública, en un contexto muy especial”, indica el fallo.

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El juez puso de presente la dureza de las protestas y la intensidad de las manifestaciones que se presentaron en la capital del Cauca.

“Situaciones que pudieran afectar el orden público y verificaciones permitidas por el código o la ley de convivencia ciudadana en nuestro país y que se hizo uso de una manera necesaria proporcional. De las directrices sobre traslados de personas y de el la utilización de la fuerza proporcional frente a la situación que se presentaba”, enfatizó.

Esmad
Comando de Policia ESMAD Policia Nacional en Bogota Mayo 26 del 2021 Foto Guillermo Torres Reina / Semana Foto: GUILLERMO TORRES REINA

El abogado José Luis Villafañe -apoderado de varios de los procesados- aseguró que durante el juicio se pudo demostrar que el procedimiento registrado en la noche del 12 de mayo de 2021, en medio de las manifestaciones del Paro Nacional en Popayán, cumplió con todos los requisitos.

En este punto explicó que jamás se presentó un propósito ilícito.

En las pruebas presentadas durante la etapa del juicio -se enfatizó en el fallo- se demostró que las retenciones presentadas buscaban frenar la alteración del orden público y judicilalizar a aquellas personas que estaban abusando del derecho de la protesta dañando establecimientos comerciales y creando zozobra en la sociedad.

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El jurista precisó que el procedimiento de retención de una menor de edad se hizo en medio de un “escenario” de “violencia generalizada” en contra de los agentes de la Fuerza Pública.

“Este fallo reafirma que la justicia no puede fundarse en percepciones, presiones externas o relatos no demostrados, sino en pruebas legalmente practicadas o valoradas con objetividad, rigor probatorio y respeto por el debido proceso”, señaló el abogado José Luis Villafañe.

Foto referencial de agentes del Esmad durante la protestas del año 2021.
Foto referencial de agentes del Esmad durante la protestas del año 2021. Foto: Colprensa

Por estos mismos hechos, en diciembre de 2024, la Procuraduría General de la Nación revocó el fallo que había sancionado con destitución e inhabilidad general de 14 años al comandante del Escuadrón Móvil Antidisturbios No. 9 de la Dirección de Seguridad Ciudadana, Víctor Hugo Martínez Martínez y a los patrulleros John Jader Montenegro Camilo y Julián Andrés Martínez Martínez.

“La intervención de los agentes, para trasladar a ALSM a la URI fue necesaria, considerando los hechos violentos que se desarrollaban la noche del 12 de mayo de 2021. Durante las manifestaciones, los participantes lanzaban objetos contundentes que representaban un grave riesgo para la integridad física y la vida tanto de ASLM como de los policías y demás personas presentes en el lugar”, señala el organismo disciplinario.