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DESTITUCIÓN

Revive la revocatoria contra Petro

Esa sería una de las consecuencias de la sentencia que ordenó suspender la destitución del alcalde de Bogotá.

14 de enero de 2014

Un día después de que el procurador Alejandro Ordóñez dejara en firme la destitución contra el alcalde de Bogotá Gustavo Petro, el Tribunal Superior de Cundinamarca le sumó un nuevo ingrediente que aumenta la incertidumbre sobre la suerte del propio alcalde y la de la administración de la capital.

El Tribunal admitió una de las tantas acciones de tutela que se presentaron para revertir la decisión administrativa de la Procuraduría en contra del burgomaestre, en este caso la que interpuso José Gotardo León alegando que la decisión disciplinaria vulnera el derecho de elegir y ser elegido del alcalde Petro y de los ciudadanos que votaron por él.

La sentencia no tiene consecuencias diferentes a la “suspensión provisional” de la destitución, hasta tanto el propio Tribunal no se pronuncie de fondo, situación que deberá resolverse en un plazo de 10 días a partir de la notificación de la sentencia.

Así lo considera el exprocurador y constitucionalista Jaime Bernal Cuellar al señalar que el fallo del tribunal es una medida cautelar o provisional que es de obligatorio cumplimiento hasta tanto la sala plena de esta corporación se pronuncie de fondo sobre esta tutela. “El efecto es que no se puede ejecutar la destitución”, la cual tampoco podía ejecutarse de forma inmediata porque falta la notificación a Petro, y la comunicación que el procurador tiene que enviarle al presidente, que debe ser posterior a la notificación del alcalde.

Por esa razón Bernal Cuellar califica de "inoperante" esta suspensión provisional en razón al trámite de notificación de la destitución de Petro. Según el código único disciplinario, el alcalde tiene 8 días para notificarse, los cuales empiezan a correr desde el mismo momento en que Ordóñez ratificó su sanción. De no notificarse, como ha sido su estrategia, la Procuraduría deberá notificar a Petro durante los siguientes tres días y enviarle la decisión al presidente Santos para que proceda a ejecutarla.

"Esta medidas tienen que atacarse y cumplirse, pero por razón del trámite de notificación de la sanción y el envío al presidente el cual tiene diez días son unas medidas inoperantes, porque no en ese termino no se habrá ejecutado la decisión (...). Y como el tribunal también tiene diez días para fallar de fondo, en ese tiempo la sanción no alcanzaba a ejecutarse", dice Bernal Cuellar.

Otra cosa es si el tribunal, en el fallo de fondo, decide suspender definitivamente la destitución de Petro. En ese momento una decisión judicial abriría un nuevo panorama en este ‘novelón’ político en el que se ha convertido la destitución de Petro.

Porque si 24 horas atrás había la certeza de que el único camino que tendría el presidente Juan Manuel Santos sería el de acatar el fallo disciplinario y ordenar la convocatoria a las elecciones para elegir al sucesor del alcalde, hoy el escenario parece cambiar.

Aunque la tutela corresponde al fallo del procurador del pasado 9 de diciembre, también afecta la decisión de segunda instancia que ratificó dicha decisión. En consecuencia la destitución ordenada por una autoridad administrativa quedó suspendida por un tribunal judicial.

De momento la primera consecuencia es que el registrador Carlos Ariel Sánchez, quien en lunes afirmó que el proceso de revocatoria al mandato de Gustavo Petro quedaba suspendido a partir del momento en que se ejecutado por el presidente, ahora tendrá que revivir la revocatoria, sencillamente porque no hay destitución en firme.

Estas elecciones fueron convocadas por la Registraduría para el próximo 2 de marzo, por lo que el proceso quedaría vigente, ya que no hay una decisión de destitución que afecte esta convocatoria.

En todo caso, el escenario político que se advierte en la capital es que los ciudadanos van a tener que acudir a las urnas este año. Si un día antes se advertía que serían para definir el sucesor de Petro, ahora las motivaciones cambian, pues los comicios serían únicamente para revocar su mandato o ratificarlo en el mismo. O en palabras de los petristas, podría constituirse en una refrendación de su mandato.

A la vez, la otra consecuencia de esta decisión es que el alcalde Petro gana tiempo en su intención de buscar un fallo definitivo que le permita mantenerse en la alcaldía hasta el 2015, o por lo menos detener la decisión del procurador más allá del 2 de marzo, para que primero la ciudadanía pueda pronunciarse sobre la permanencia en el cargo, mediante voto popular, circunstancia que de tener un resultado a favor deslegitimaría la sanción del procurador. Un escenario que a la luz de las movilizaciones en respaldo al alcalde, y la indignación que ha generado el fallo de Ordóñez, favorecen las aspiraciones de Petro, ya que hoy el ambiente está más a la contra de la revocatoria.

Por eso, las únicas consecuencias reales de este sorpresivo fallo de tutela es que de momento Petro consigue más días en el calendario para defenderse en su cargo. Un calendario que cada vez parecía estar corriendo en contra de los intereses del alcalde, pero que ahora le da mayor tiempo de maniobra.

Además la suspensión de la destitución también abre el margen de acción para Petro a la hora de esperar las reclamadas medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH-. Estas medidas son un mecanismo de emergencia para que este organismo adscrito a la OEA, y en una situación de “gravedad y urgencia” le pide a un Estado que se adopten medidas que eviten un daño irreparable, por lo general se refieren cuando la integridad física y la vida de quién las reclama están en evidente e inminente riesgo.

Los abogados de Petro argumentan que los derechos políticos son derechos fundamentales, y por eso esperan que la CIDH se pronuncie de forma diligente y no dilate una decisión, que en teoría podría demorar algunos años.

De otro lado el Ministerio Público tiene la posibilidad de interponer el recurso de impugnación a la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El competente para resolverlo sería el Consejo de Estado.

Sin embargo, todo este nuevo escenario podría reversarse nuevamente si en 10 días, la Sala de decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se pronuncia de fondo y si ordena la suspensión definitiva de la destitución al alcalde.

Mientras tanto Petro seguirá convocando ciudadanos a manifestaciones de respaldo, con lo que busca ganar respaldo en caso de que llegue el 2 de marzo, fecha en la que estaba pactada la convocatoria.