CRISIS
Reforma a la Justicia para ‘Dummies’
SEMANA explica los puntos principales de los cambios acordados por el Gobierno, las cortes y el Congreso, para recuperar la credibilidad de la Justicia.
Cambio, cambio, cambio. Así podría describirse el ambiente que reinó en las reuniones que tuvieron lugar esta semana entre los ministros del Interior, Juan Fernando Cristo, y de Justicia, Yesid Reyes, con los presidentes de las altas cortes y quienes lideran el tema en el Congreso. La necesidad de reformar la Justicia ha sido reconocida desde hace años, pero la crisis sirvió como presión para llegar a un acuerdo sobre las prioridades de lo que se debe cambiar.
Muchas de ellas estaban incluidas en la reforma al equilibrio de poderes que está en el Congreso y algunas otras son banderas que la sociedad civil, especialmente de la organización Excelencia en la Justicia, llevan levantando hace tiempo. Innovadoras o no, con la alocución del presidente Santos el martes en la noche quedaron convertidas en un compromiso común entre todas las partes interesadas. Estos son los principales puntos de consenso:
1. ¡Aquí no hay intocables!
Por cuenta del escándalo, el gobierno, el fiscal y los magistrados perdieron el principal pulso del debate sobre la ley de equilibrio de poderes: el tribunal de aforados. Terminaron aceptando la propuesta de la senadora Claudia López para que el juicio de estos altos funcionarios pueda ser simultáneamente jurídico y político. En la versión anterior, la Comisión de Aforados reemplazaba a la de Acusaciones, pero solamente en la etapa de investigación pues el proceso después pasaba a la Cámara y luego al Senado, de la misma manera como fue establecido desde 1991. Ahora esa comisión decidirá si manda el caso a un juicio político en el Congreso “si la acusación se refiere a indignidad por mala conducta” o uno penal directamente en la Corte Suprema de Justicia.
2. La nueva supercorte
La Comisión de Aforados tiene el mismo origen político que la Corte Constitucional pues “estará conformada por cinco miembros, elegidos por el Congreso en pleno para periodos personales de ocho años”. Las listas se harían por un concurso de méritos. Sería una especie de supercorte –lo que para algunos expertos es inconveniente- pues tendría el poder de juzgar a los demás magistrados (de la Suprema, el Consejo de Estado, la Constitucional y la Judicatura). Ha generado una enorme polémica en el uribismo un parágrafo transitorio que le entrega a Santos la competencia para nombrar la primera generación de este organismo que sería solo ratificada por el Congreso en pleno, para un periodo de dos años.
3. No reviven
Se mantiene la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura que será reemplazado por la Comisión Nacional de Gobierno y Administración Judicial. Esta, a su vez, estará integrada por el Consejo de Gobierno Judicial, la Junta Ejecutiva de Administración Judicial, la Gerencia de la Rama Judicial y la Dirección de la Magistratura. Cada uno de estos organismos asumirá las funciones de la polémica corte.
4. No más manzanas podridas
La reforma contiene una norma que podría aplicarse al caso que sacude a la Corte Constitucional pues establece que los magistrados y el fiscal serán inviolables por el contenido de sus decisiones judiciales “salvo que se demuestre que estas fueron proferidas con el propósito de favorecer indebidamente intereses propios o ajenos, o que hayan incurrido en causales de indignidad por mala conducta”. El presidente también anunció que presentará un proyecto de ley “que permita que los reglamentos de las corporaciones judiciales suspendan, como medida cautelar, a sus propios magistrados”.
5. “Yo te elijo, tú me eliges”
El presidente anunció que “es urgente acabar con la llamada ‘puerta giratoria’ en que los magistrados saltan de una corte a otra”. Esto quiere decir que se podría acabar el llamado “yo te elijo, tú me eliges” en el que los togados votan por quienes los eligieron. Esto ya está prohibido después de las decisiones del Consejo de Estado que tumbaron las elecciones de los magistrados Javier Ricaurte y Pedro Munar. Ambos habían saltado de la Corte Suprema de Justicia al Consejo Superior de la Judicatura con el favor de los mismos colegas que habían nombrado en el pasado.
6. El fichaje de la Corte Constitucional
Santos comparó al alto tribunal con un equipo de fútbol, y esta semana promulgó un decreto que permite elegir mejor a sus jugadores. Aceptó una propuesta de las organizaciones que conforman ‘Elección Visible’ para darle más transparencia a las ternas del presidente para elegir tres de los nueve magistrados de ese organismo. Así, esa selección ya no será a dedo sino que habrá una convocatoria pública para invitar candidatos. También habrá un tiempo de diez días para que los ciudadanos puedan oponerse a alguno de los aspirantes, para evitar la repetición de casos como el del magistrado Alberto Rojas, a quien le salieron serios cuestionamientos cuando ya estaba ternado.
7. ¿Qué pasa con los procesos actuales?
La Comisión de Acusaciones vivirá un proceso de desahucio de un año. En ese tiempo podrá tomar las siguientes medidas respecto a sus más de 1.500 procesos: archivarlos, remitir a otra autoridad (si los hechos no tienen que ver con las funciones y el investigado ya no está en ejercicio de su cargo) o remitir la investigación a la Comisión de Aforados. El gobierno ha explicado que esto es necesario para evitar que un alud de miles de expedientes ahogue, de entrada, a la nueva entidad.
8. ¡Se les acabó el negocio!
Una novedad que se introdujo en el equilibrio de poderes es la prohibición de que los exmagistrados litiguen contra sus cortes. La reforma establece que “no podrán actuar como apoderados ante la corporación de la cual hicieron parte, ni asesorar a partes interesadas en relación con procesos ante la misma, sino cinco años después de haber cesado en sus funciones”. El presidente también anunció un proyecto de ley para regular el cabildeo de abogados en las altas cortes, y así ponerle freno a los Pachecos que visitan regularmente el Palacio de Justicia.
9. Los nuevos magistrados
En el futuro, si se aprueba la reforma, para llegar a la cúpula de la Justicia se necesitará demostrar 20 años de experiencia (antes eran diez años). Los miembros de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado se seleccionarán de una lista de los diez candidatos mejor puntuados en un concurso de méritos. Quienes sean postulados y no resulten elegidos, serán los conjueces del organismo respectivo. La reforma le pone un tatequieto a las demoras en la selección de magistrados (que hoy paralizan a las cortes pues se demoran hasta dos años). Se establece un plazo de dos meses para definir al ganador y se advierte que de lo contrario la elección la podrá hacer el Consejo de Gobierno Judicial, una nueva entidad que reemplazará en parte a la Judicatura.
10. Se rompe el cordón umbilical
La reforma quiebra el vínculo que existía entre las altas cortes y la clase política. Le quita a los magistrados el poder de nominar al procurador y al contralor. El primero de ellos sería elegido por el Senado de ternas integradas por el presidente (hoy la terna la hacen el primer mandatario, la Corte Suprema y el Consejo de Estado) y el segundo por una lista de elegibles producto de una convocatoria pública. El presidente habló en su discurso de discutir también la eliminación de la participación del Palacio de Justicia en la elección de registrador, pero no dijo nada del fiscal general. Alejandro Ordóñez considera que, quitarles a las cortes el poder de nominar para entregárselo al presidente, es nocivo para el equilibrio de poderes.
11. Tijeretazo al poder del procurador
Se elimina una de las atribuciones más polémicas de la Procuraduría: la posibilidad de inhabilitar parlamentarios. En el texto se señala que una de sus funciones es “ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive los de elección popular, excepto los congresistas”. Este punto podría ser una respuesta al caso de Piedad Córdoba, quien fue destituida a inhabilitada por 14 años. Su caso está hoy en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos pues se supone que solo un juez puede limitar los derechos políticos de los representantes del pueblo.