JUSTICIA
SIC sanciona a Head & Shoulders por decir que quita la caspa de por vida
La Superintendencia le impuso una multa a la firma Procter & Gamble por 429 millones de pesos por publicidad engañosa. El comercial, protagonizado por la colombiana Sofía Vergara, deberá salir del aire.
“Ahora tu pelo puede tenerlo todo”. Con esta expresión la colombiana Sofía Vergara comienza el comercial que promociona uno de los productos estrella de la firma Procter & Gamble. Head & Shoulders, nutrición profunda -continúa la bella modelo- tiene una fórmula de ingredientes inspirados en la naturaleza que ayudan a nutrir tu pelo y cuero cabelludo dejándolo hasta 100 por ciento libre caspa de por vida, y hermoso".
El comercial que termina con un sugestivo mensaje -"porque tu pelo no se merece menos"- no alcanzó a convencer suficente a los técnicos de la sala de seguimiento de publicidad de medios de la Superintendencia de Industria. Por ello, solicitaron una serie de informes a la firma con el fin de que acreditaran si los efectos del producto eran los mismos que indicaban piezas publicitarias como la protagonizada por Vergara.
Al estudiar la evidencia, la entidad encontró que los efectos no son de por vida, y que dicho efecto solo se alcanza si el champú se usa de manera regular y permanente. “No es cierto, resulta confuso, impreciso, insuficiente, no veraz y deviene en engañoso”, expresó la SIC en una resolución en donde sancionó a Procter & Gamble a pagar una multa de 430 millones de pesos.
La SIC encontró que tal como está diseñada la publicidad del champú se le atribuyen beneficios objetivos de “100 por ciento libre de caspa de por vida” y “nutrición profunda” a un producto que no los tiene. De manera que se transmite a los consumidores mensajes que no corresponden con la realidad.
Aunque se pudo constatar que algunas de las piezas publicitarias de la campaña cuentan con una nota aclaratoria esta es casi ilegible y a veces inexistente. Es así como considera la entidad que el mensaje no se ajusta a las reglas básicas de la información y la publicidad establecida en el Estatuto del Consumidor. “La decisión se adopta para proteger a los consumidores colombianos, quienes pueden ver afectadas sus decisiones de consumo cuando los anunciantes no suministran información clara, precisa y suficiente sobre las propiedades y componentes de los productos”, dice la Superintendencia.
Esta decisión es tomada en primera instancia y tiene recurso de reposición y apelación ante la misma entidad.