Cada vez que se anuncia un progreso en el proceso de paz se anticipan críticas del expresidente Uribe y del procurador Ordóñez. Pero frente a la decisión más crucial de los diálogos sucedió algo hasta ahora inédito: una avalancha de críticas, no de la oposición sino de la comunidad jurídica. Lo que el gobierno y las Farc consideraban el cierre con broche de oro de una negociación dificilísima acabó siendo blanco de algunos de los juristas más prestigiosos del país, que la consideran una forma de abolir el Estado de derecho. El expresidente y el procurador utilizaron los términos más radicales. El primero lo llamó “golpe de Estado” y el segundo, en una carta al presidente Santos, en medio de consideraciones jurídicas lo acusó de querer derrocar la Constitución de la mano de las Farc y lo amenazó con consecuencias disciplinarias y hasta penales. Como él no es el juez del presidente, sino el Congreso, ese regaño le quitó peso a su intervención.Sin embargo, llamaron la atención los comentarios de algunos abogados considerados moderados, partidarios del proceso de paz y no necesariamente antisantistas. Los juristas expresaron sus reservas frente a la fórmula del gobierno y las Farc para blindar el proceso en el Acto Legislativo para la Paz que se tramita en el Congreso. Este fue presentado el año pasado y ya pasó seis de los ocho debates reglamentarios. La propuesta es que en el séptimo debate se agreguen dos puntos: 1) que el acuerdo final sea introducido como un ‘acuerdo especial’ en los términos de los Convenios de Ginebra de 1949. 2) Que apenas esté firmado y entre en vigencia, ingrese al bloque de constitucionalidad, es decir, de la Constitución de 1991.Uno de los primeros en manifestar sus temores fue el exministro de Justicia de Santos Juan Carlos Esguerra, quien argumentó que es inconveniente que el Congreso solo analice una propuesta de tal envergadura y peso cuando apenas faltan dos debates. Así solo podrá discutirla la Cámara de Representantes pues la reforma constitucional ya cumplió su ciclo en el Senado. El exministro advierte que existe un riesgo cuando ambas cámaras lleguen a las comisiones de conciliación.El expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, explica que en las reformas constitucionales es obligatorio que todas las propuestas se discutan desde el primer debate. El expresidente de la Corte Suprema Jaime Arrubla asegura que, por eso, allí se configuraría un vicio de trámite que haría imposible que ese acto legislativo naciera a la vida jurídica. Aunque muchos ciudadanos no consideran importantes los temas de procedimiento, para los abogados son fundamentales porque hacen parte de la esencia del derecho. Por cuenta de estos se han caído reformas en la Corte Constitucional.Sin embargo, la verdadera polémica jurídica está en el concepto de bloque de constitucionalidad. Esguerra, Hernández, Arrubla y Jaime Castro consideran un peligro incorporar automáticamente en la Constitución los acuerdos. Unos creen que es un cheque en blanco frente a un documento que nadie conoce. Otros están en desacuerdo porque este concepto se utiliza para incorporar tratados internacionales con otros Estados y las Farc no son un Estado. Y otros ponen en entredicho que la figura de ‘acuerdo especial’ de los convenios de Ginebra aplique para el momento que está viviendo Colombia.Arrubla sostiene que “se estaría haciendo una especie de constituyente exprés en La Habana” y que se está sustituyendo la Carta Política. Jaime Castro cree que los negociadores quieren hacer las veces de Asamblea Constituyente y de Corte Constitucional como lo había propuesto la guerrilla. “Hasta el guardián del manicomio se contagió de locura”, dijo en varias entrevistas. Esguerra, por su parte, aseguró que “soy hincha furibundo de la paz, pero no pagando ese precio”.Castro les añadió a estas críticas un elemento adicional. Para él existe un riesgo de que luego se agreguen a la Constitución los acuerdos que se firmen con el ELN y se abra la puerta para lo mismo con las bacrim.Los negociadores de La Habana se sintieron blindados ante lo que consideraron las garantías necesarias para que ese punto del acuerdo no fuera considerado un pupitrazo, sino el resultado de un proceso jurídico serio que le diera validez institucional. Eso no pasó. A pesar de que se habla de un control del Congreso y de la Corte Constitucional, los críticos han presentado estos supuestos controles como meros formalismos.En el fondo lo que se está haciendo no es nuevo en Colombia. En el pasado, para ayudar a superar coyunturas históricas trascendentales se ha recurrido a fórmulas extraconstitucionales. Estas han logrado destrabar nudos gordianos cuando la normatividad vigente no alcanza a producir una solución. Eso sucedió con el Plebiscito de 1957, con la Séptima Papeleta en 1991, y otros casos. En 1957, cuando cayó la dictadura del general Rojas Pinilla, legalmente no era válido convocar un plebiscito. La Constitución de 1886 obligaba a que ese trámite se surtiera en el Congreso, pero este se encontraba cerrado. La solución fue producto de un pacto político entre Alberto Lleras Camargo y Laureano Gómez quienes acordaron acudir al pueblo. En las urnas se aprobó el Frente Nacional por el cual durante años los liberales y los conservadores se alternaron en el poder.La Séptima Papeleta tuvo también una gran dosis de invención jurídica. En ese momento no había un mecanismo legal que obligara a contar ese deseo de cambio de millones de colombianos. El presidente Virgilio Barco tuvo que expedir un decreto de estado de sitio para poder volver vinculante ese movimiento que finalmente desembocó en la Asamblea Nacional Constituyente porque fue avalado por la Corte Suprema.En ambos momentos, prestigiosos juristas manifestaron serias reservas. La Constitución de 1991 nunca les gustó a los magistrados de la Corte Suprema de ese entonces. Sin embargo, hoy, 25 años después, nadie duda de la importancia estructural que tuvo ni de su peso en la construcción de un nuevo país.El acuerdo al que se llegó tiene un sustento más político que jurídico y se basa sobre todo en el miedo de la guerrilla a que le cambien las reglas del juego una vez entreguen las armas. Ese temor es más que justificado. La historia colombiana demuestra que ningún blindaje jurídico es absoluto, y esta fórmula podría ser una de las más seguras. Pero como dice el exfiscal Alfonso Gómez Mendéz, ese objetivo es “una ilusión” pues cualquier norma jurídica finalmente se puede cambiar con otra como lo demuestran las leyes de punto final firmadas en América Latina.Ni siquiera Pablo Escobar logró ese blindaje cuando asesinó y amedrentó a ministros, congresistas y magistrados para evitar que la extradición quedara incluida en la nueva Carta. En 1997 el gobierno de Ernesto Samper la volvió a instaurar. Los paramilitares, luego de desmovilizarse en los acuerdos de Ralito, terminaron extraditados en Estados Unidos por incumplir los compromisos dentro de ese proceso. En los años siguientes también hubo problemas pues las cortes restringieron los beneficios jurídicos que se habían acordado, por ejemplo, respecto al principio de oportunidad y el delito político. Por otro lado, cuando los paras cumplieron los ocho años de cárcel, no fueron pocos los intentos jurídicos para evitar que regresaran a la libertad.Por eso, a pesar de toda la controversia jurídica generada, lo más probable es que esta fórmula termine aprobada. El gobierno tiene las mayorías en el Congreso y la Corte Constitucional no se va a echar la responsabilidad histórica de hundir la posibilidad de que Colombia firme la paz con las Farc.Hay quienes creen que el derecho debe ser dúctil para permitir los grandes cambios sociales, otros consideran que si bien el objetivo es noble, el precio de saltarse la ley es demasiado alto. Esas dos posiciones entre los abogados siempre van a existir. En medio de la polarización que vive el país también será difícil que este debate jurídico no se impregne de todo tipo de pasiones políticas. A la Corte Constitucional le llegará este debate. Los nueve magistrados tendrán la difícil labor de encontrar ese justo medio que permita firmar la paz con un blindaje jurídico seguro.