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sábado, 22 de noviembre de 2008
Conmoción en la justicia
Los decretos facultarían al Consejo Superior de la Judicatura para crear, suprimir, trasladar, nombrar y posesionar a funcionarios que garanticen la prestación del servicio público esencial de la Justicia. Pero, según el presidente de esta corte, esta facultad ya la tenían.
Los decretos facultarían al Consejo Superior de la Judicatura para crear, suprimir, trasladar, nombrar y posesionar a funcionarios que garanticen la prestación del servicio público esencial de la Justicia. Pero, según el presidente de esta corte, esta facultad ya la tenían.
REVISTA DE RADIO.Antes de recurrir a medidas extremas, el gobierno cuenta con otros instrumentos para enfrentar el paro judicial. Por eso, varios analistas y magistrados creen que la Corte Constitucional puede tumbar los decretos que planea expedir el gobierno. Escuche a los principales protagonistas.
Viernes 10 Octubre 2008
Agenda Propia

El debate se encendió luego de que el gobierno declarara este jueves el Estado de conmoción interior para enfrentar la crisis por el paro judicial. El decreto le da facultades extraordinarias al ejecutivo para legislar, es decir, asumir el rol del Congreso, y así intervenir en situaciones que atenten contra la convivencia ciudadana y la misma seguridad del Estado, según el artículo 213 de la Constitución.

En la radio de hoy, diferentes voces de la rama judicial y autoridades en la materia discutieron tres cosas: ¿era necesaria esta medida?, ¿qué pretende realmente el gobierno? y ¿podrán destituirse a los trabajadores que continúen en el paro?

En La W, Fabio Hernández, director de Asonal judicial, explicó por qué cree que la decisión del gobierno de decretar la conmoción interior es exagerada y sólo busca amedrentar a los participantes de una huelga que, en su concepto, es legal. También argumentó que no se pueden destituir de inmediato a los manifestantes y confió en que la Corte Constitucional no avale los decretos que planea expedir el gobierno. Escuche la versión del trabajador.

En Caracol Radio, Rafael Ostau de Lafont, vicepresidente del Consejo de Estado, dijo que si bien la situación del paro judicial es compleja, el gobierno debió buscar mecanismos previos, que los tiene a la mano, antes de decretar el Estado de conmoción interior. Su versión evidencia una de las paradojas de esta historia: si bien la administración de la justicia es esencial para cualquier sistema democrático, a su vez la democracia debe garantizar la resolución de los conflictos por vías de concertación y no de imposición. Escuche la versión del magistrado.

En RCN, Carlos Gaviria, presidente del Polo Democrático y ex magistrado de la Corte Constitucional, coincidió con los dos anteriores en que la medida del gobierno no era necesaria, máxime cuando, según él, éste se negó a escuchar a los trabajadores de la Rama Judicial. Frente a las intenciones del ejecutivo, señaló que esta declaratoria se presta para que tome decisiones sobre otros asuntos que no tienen que ver con la justicia. Escuche la versión del político.

En La FM, Hernando Torres, presidente del Consejo Superior de la Judicatura, justificó el Estado de Conmoción Interior siempre y cuando sirva para restituir los derechos vulnerados de los ciudadanos. Su versión también dejó ver otra contradicción de esta historia: tanto los ciudadanos del común como los trabajadores judiciales tienen por qué reclamar. De todas formas, Torres explicó que la ejecución de la medida que tomó el gobierno depende del pronunciamiento de la Corte Constitucional. Escuche la versión de quien tendría la responsabilidad de hacer efectivos los decretos del gobierno.

En RCN, Humberto de la Calle, jurista y ex vicepresidente de Colombia, coincidió con Torres en que esta declaratoria era pertinente, pero advirtió que el gobierno debe evitar tomar decisiones por fuera del tema específico del paro judicial. Además contradijo al presidente de Asonal al decir que la huelga nunca ha sido legal. Escuche la versión de otro experto.