BÚSQUEDA DE LA PAZ
Claves para entender las palabras terrorista, beligerante, actores políticos...
Con la polémica intervención del presidente Hugo Chávez, la opinión pública recicló una serie de términos para definir a las Farc. Semana.com presenta una guía práctica para entender cómo se puede definir a este grupo armado.
“Son verdaderos ejércitos, que ocupan espacio en Colombia…hay que darles reconocimiento a las Farc y al ELN, son fuerzas insurgentes que tienen un proyecto político, que tienen un proyecto Bolivariano que aquí es respetado”. Estas palabras pronunciadas por el presidente Hugo Chávez le dan la vuelta al mundo y provocan diferentes reacciones, la mayoría de rechazo, por su intromisión en la política interna del país.
Tal afirmación estuvo acompañada de la petición de retirar el calificativo de grupos terroristas a los dos grupos guerrilleros. Al gobierno colombiano, como un imperativo para poder restablecer las relaciones diplomáticas; a la Unión Europea y los países latinoamericanos, para que en Colombia haya paz. Ante esta exigencia, que por algunos círculos es interpretada como un manifiesto chantaje, el gobierno de Colombia respondió que la guerrilla es un grupo terrorista “… por atentar contra una democracia respetable y por sus métodos de exterminio de la humanidad” y que “el uso de la fuerza o solamente su amenaza contra esa democracia, es puro terrorismo… En Colombia los grupos violentos atentan contra la democracia; en consecuencia, el calificativo que merecen es el del terroristas”. Así mismo, el Gobierno de Colombia consideró que “por ningún motivo acepta que estos grupos... se les de estatus de beligerancia”.
En el escenario han entrado una serie de vocablos que si bien son de antiquísima discusión, para la mayoría de colombianos son inéditos. Salen a relucir términos como “sujeto político”, “beligerancia”, “status político” y “terrorismo”. Todos tienen interpretaciones diferentes, que dependen de la línea de argumentación desde donde se les mire, y como consecuencia, hay opiniones dispares respecto de estos términos, que son los que hoy abren la polémica, pero que deben ser tenidos en cuenta para leer las apreciaciones de Chávez.
¿Qué es beligerancia?
Según el diccionario on line de Medios para la Paz, Para desarmar la palabra, la palabra beligerancia proviene del latín bellum, que significa guerra. "Esta figura, muy usada en el pasado en el derecho internacional público, tiene por finalidad conferir a una de las Partes en un conflicto armado (interno o internacional) un estatus especial por medio del cual, sin que sea necesario reconocerle personería jurídica, el Estado que lo reconoce como tal, tácita o expresamente, establece relaciones comerciales, semidiplomáticas, diplomáticas, políticas o económicas con la parte reconocida”.
Esta figura, junto con la contraparte “neutralidad”, que es el derecho que tiene un Estado de declararse al margen de un conflicto, son pilares del Derecho Internacional. Sin embargo, el concepto de estatus de beligerancia no ha sido necesariamente invocado para la resolución de conflictos desde que se suscribieron los convenios de Ginebra en 1949, sobre Derecho Internacional Humanitario, como una iniciativa para regular la guerra y que proscribe los delitos de lesa humanidad. Como condición sine quan non, para atribuir el estatus de beligerante, dicha regulación establece que la parte debe ser un sujeto de derecho internacional que no comete dichos crímenes.
Además, aunque hay quienes piensan que la beligerancia es una ‘condición’ de una de las partes, el Derecho Internacional en la práctica considera que es un ‘reconocimiento’ de un Estado, y hasta ahora ninguno lo ha hecho con las guerrillas colombianas. Por esta razón, el ex magistrado Carlos Gaviria Díaz asevera que es inadecuada la propuesta del reconocimiento de beligerancia a la guerrilla. Sin embargo, el ex magistrado sostiene que el gobierno sí podía reconocerles su condición política para negociar con ellos.
El estatus político
Según el diccionario antes mencionado, es el “reconocimiento que el Presidente de la República hace a un grupo alzado en armas con el fin de establecer o iniciar negociaciones”. La ley 782 de 2002 no exige de dicho reconocimiento para la negociación con un grupo armado ilegal. Esta figura no está consagrada en el Derecho Internacional Humanitario y no es sinónimo de beligerancia.
Históricamente, varios gobiernos en Colombia han conferido esta condición. El caso más reciente fue cuando se buscó una mesa de diálogo en el gobierno de Andrés Pastrana. Durante tres años los acercamientos entre el gobierno y las Farc alentaron un entusiasmo hacia la consecución de la paz. Sin embargo, luego de que las Farc secuestraran en un avión, en pleno vuelo, al ex senador huilense Jorge Géchem Turbay, el grupo guerrillero perdió su condición y se ordenó la recuperación de la zona de distensión.
Un momento precedente en el que se dio estatus político a la guerrilla fue durante la presidencia de Belisario Betancur, en el que durante dos años las Farc dejaron de disparar, pero luego vendría la ejecución de los integrantes de la Unión Patriótica y lo que algunos analistas insisten en reconocer como el antecedente de la desconfianza de la guerrilla para una eventual negociación.
Luego de los atentados terroristas del 11 de septiembre, y debido a la ruptura de los diálogos con la guerrilla, Pastrana calificó de terroristas a las Farc en consonancia con el discurso que se gestó a raíz de los hechos en el World Trade Center. El país dio un viro radical debido al fracaso de las gestiones de Pastrana en aras de conseguir la paz. Álvaro Uribe fue elegido Presidente y con él la apuesta por una salida al conflicto por medio de la confrontación armada. Eso explica la línea discursiva que ha sostenido el cambio en la forma de referirse a la guerrilla de insurgentes a terroristas.
¿Terroristas o sujetos políticos?
Los secuestros, las extorsiones, el ataque a la población civil, provocar la situación de desplazamiento, atacar lugares de culto o bienes, son actos que merecen el rechazo de la población civil y del gobierno. Además, algunos de estos están suscritos como actos de terrorismo, si se entiende el terrorismo como lo define el diccionario Para desarmar la palabra: “Ejecución deliberada de acciones encaminadas a generar pánico, miedo y terror en la población como instrumentos de acción política o como medios de guerra. Es terrorista cualquier uso de la violencia con la finalidad de aterrorizar. El terrorismo pertenece al género de los delitos comunes atroces. No es un delito político”.
La determinación de Estados Unidos de no negociar con terroristas lleva en sí misma la negación del carácter político que tienen estos grupos. Sin embargo, esta apreciación no tiene asidero práctico en Colombia ya que el gobierno decidió adelantar un proceso de paz con los grupos paramilitares que figuraban como terroristas en las listas internacionales. De esto se infiere que no es necesario conferir el estatus político a un grupo terrorista para negociar con él. Además, el gobierno implícitamente ha buscado la figura política que permita juzgar a las AUC por delitos políticos y así reconocerles el carácter de actores políticos.
Según la Ley 762 que reemplazó lo dispuesto en la Ley 418 (con la que el gobierno había reconocido de manera legal el estatus político de las Farc en los días de Pastrana), no es necesario dar ese estatus a ningún grupo terrorista para negociar con él. Este aspecto es el que invocan algunos sectores para poder llevar a cabo el acuerdo humanitario, sin ponerle talanqueras, ni darle una dimensión política.
Lo que no tiene presentación es que Chávez pida que se tape el sol con un dedo. De manera que si su intención era pedir que se le reconociera una condición política a las Farc para que el gobierno pudiera negociar con ellos, su intervención no es menos que infortunada. Las Farc no han dejado de cometer actos terroristas y por eso sus palabras no tuvieron eco en la comunidad internacional y mucho menos en Colombia. El uso de la expresión, sin embargo, por parte del gobierno, es con el fin de quitar la condición política a los grupos guerrilleros. Lo que según el profesor de Ciencia Política de la Universidad Nacional, Miguel Ángel Herrera Zgaib, también es un mal uso del término, porque como ya se vio en el caso de las AUC, quienes cometen actos terroristas podrían ser tratados con cierto reconocimiento político o podrían tenerlo en la práctica: “En conclusión, una y otra parte, los dos gobiernos implicados por el evento del intercambio humanitario en ciernes con las Farc no distinguen entre estatus político y terrorismo. La verdad es que estatus político es distinto de terrorismo”.