OPINIÓN

Opciones de las objeciones en la corte

Presidente Duque aliste la pluma para sancionar la ley estatutaria y que este intento fallido de las objeciones le sirva de impulso para apoyar la paz, la paz de todos, no la guerra de pocos.

Marco Tulio Gutiérrez Morad, Marco Tulio Gutiérrez Morad
6 de mayo de 2019

Desde el 17 de diciembre de 2018, día en que el Congreso de la República culminó el proceso de creación de ley estatutaria para la Justicia Especial para La Paz (JEP), con control de constitucionalidad de la corte previo a su sanción presidencial, hasta la fecha en que se votaron las objeciones presentadas por el Gobierno nacional tanto en Cámara como en Senado, el trámite giró en círculo vicioso creando un caos institucional, legal y constitucional.

Ahora las opciones de las objeciones en la Corte Constitucional son variadas: i) Que diga que 47 votos en el Senado no son suficientes para rechazarlas y que por lo tanto, el proyecto se archiva en relación con las 6 objeciones presentadas por el gobierno; ii) Que diga que 47 votos en el Senado constituyen mayoría absoluta –la mitad más uno del quorum requerido para ese efecto-, debido a que dos congresistas, una conservadora y uno de las Farc, no se posesionaron. En este evento, enviaría el proyecto de ley estatutaria al presidente Duque para la sanción y promulgación, produciendo un triunfo rotundo a la oposición; iii) Que aún habiendo dicho que las objeciones son de constitucionalidad y no de inconveniencia, apoye algunos reparos del Gobierno respecto de todas o algunas de ellas.

En este último caso, podría la corte decir, por ejemplo, que la verdad está por encima de la extradición, sin embargo, que en el caso del acuerdo esta premisa no valdría para delitos cometidos después de su firma, -1 de diciembre de 2016- ajustando sus interpretaciones dadas hasta el momento a los deseos del Gobierno y del uribismo. Esto también podría darse si la corte cambia su posición en relación con la práctica de pruebas por parte de la JEP.

En cuanto a la extradición de terceros, podría la corte decir: i) Que no se extraditan para que digan la verdad acá en Colombia; ii) Que sí se extraditan, con lo cual la verdad podría quedar entre los miles de folios de la justicia americana, a no ser que esos folios sean enviados a Colombia para su procesamiento. En este asunto denominado el gran mico de la ley estatutaria está arropado el temor de algunos a que se diga la verdad de los crímenes cometidos por unos y otros bajo los auspicios de la política, la corrupción y el enriquecimiento económico de pocos a costa de la vida de muchos.

La pregunta es ¿si la corte se mantiene en sus posiciones hasta ahora pronunciadas en los diferentes fallos de constitucionalidad de la normatividad que sobre el acuerdo de paz ha recaído sobre sus manos? O ¿si la corte va a dar un paso atrás y se va a alinear con el gobierno de turno para obtener cierta tranquilidad en un momento en el que hasta el fantasma de las chuzadas reapareció?

Y mientras tanto, ¿qué hay de nuestro país, de la economía, de la erradicación de la pobreza, del propio acuerdo de paz en su implementación integral, de los recursos de la salud que se menguan por obra y gracia de parlamentarios lobistas y descarados, de la inflación y el iva de la canasta familiar, de la educación de los jóvenes, del primer empleo de quien sale del bachillerato y no tiene para la universidad, de la salud y el manejo perverso de unos pocos dueños de eps que se la comen toda, de tantos males que aquejan a Colombia y que pareciera que el tiempo avanzara sin mayores preocupaciones?

Entre tanto, una figura que queda demostrada que no tiene alas ni en la Constitución ni en la ley electoral es el régimen de bancadas, pues no procede la pérdida de investidura para quienes lo violan porque tan solo les recae unas sanciones que los partidos y movimientos políticos debieron establecer dentro del reglamento interno disciplinario. No hay derecho que parlamentarios como José David Name, Ana María Castañeda y Maritza Martínez se salgan con la suya. El país deberá tener la lupa puesta en las dávidas y prebendas que el Gobierno nacional les ofrece y adjudica por estas malas prácticas políticas. Sacarle el cuerpo al país es un delito moral.

Para tranquilidad de muchos, contamos con una Corte Constitucional seria en sus decisiones y con mayorías que pretenden mantener el acuerdo de paz incólume y que auspician su implementación definitiva.

Presidente Duque aliste la pluma para sancionar la ley estatutaria y que este intento fallido de las objeciones le sirva de impulso para apoyar la paz, la paz de todos, no la guerra de pocos.

(*) Abogado Constitucionalista.

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