Vicky en Semana
MinVivienda insiste en que la hipoteca inversa no es una expropiación
Jonathan Malagón, ministro de Vivienda, y Carlos Ruiz, viceministro de esa cartera, hablaron con Vícky Dávila para resolver las dudas de los ciudadanos sobre la hipoteca inversa.
En Colombia hay miles de ciudadanos que tienen una casa o apartamento, pero actualmente no tienen ingresos y esto los ha afectado aún más por cuenta de la pandemia del coronavirus.
Con el fin de buscarle una solución a esta problemática, el Gobierno prepara un decreto para permitir en el país la figura de la hipoteca inversa.
En Vicky en Semana, Jonathan Malagón, ministro de Vivienda, explicó que este proceso, que es voluntario, se parece más a una transacción comercial de venta, a la cual no se le puede llamar, según dijo él, una expropiación del inmueble.
“Abrir la hipoteca inversa lo que hace es ponerle competencia a los bancos, porque entran fondos de inversión inmobiliaria, fondos de pensiones, aseguradoras, otros agentes. El negocio de un banco no es hacer la hipoteca inversa, el negocio de este está en prestar plata para comprar un vivienda”, dijo Malagón en Vicky en Semana.
Por su parte Carlos Ruiz, viceministro de Vivienda, insistió en que ningún banco ha ofrecido el producto de la hipoteca inversa. “El negocio de un banco es tener unos recursos, prestarlos a una tasa de interés y con el margen de intermediación es que se generan los ingresos”, explicó el funcionario.
Según Ruiz, la hipoteca inversa también puede ser considerada como un mecanismo de protección de la familia, pues esta podrá tener la certeza de que mientras su familiar esté con vida, sus parientes tendrán un ingreso garantizado.
Además, Malagón afirmó que no tiene ningún sentido cuando relacionan a la hipoteca inversa con el “castrochavismo”, pues insistió en que esta iniciativa es voluntaria, más no obligatoria. “Si a alguien le parece que le están dando poco por la hipoteca inversa, si alguien cree que es mejor vender su casa, hipotecarla, o si no necesita la plata porque encontró sustento en otros negocios, o sus hijos los están ayudando, no haga la hipoteca inversa”, agregó el jefe de la cartera de Vivienda.
Tendencias
El ministro recordó a los colombianos que el Gobierno nacional no tiene una meta de hipoteca inversa, sino que por el contrario tiene como objetivo brindar una alternativa que favorezca a los adultos mayores en el país, donde ellos tengan la libertad de elegir.
A su vez, el ministro Malagón aseguró que hay asociaciones de adultos mayores en Colombia que están apoyando la figura de la hipoteca inversa.
“Entonces, si un adulto mayor quiere mejorar su nivel de vida a través de la hipoteca inversa, no debería ser la sociedad la que en un espíritu, aparentemente progresista, le prohiba la posibilidad de hacerlo para garantizarle la herencia los hijos. La decisión es de la familia”, destacó Malagón.
Cabe recordar que con este nuevo mecanismo los colombianos mayores de 65 años, sin importar su estrato ni ingresos y que cuenten con una propiedad, podrán recibir una renta mensual vitalicia a cambio de ceder su inmueble una vez fallezcan.
Para acceder a este tipo de hipoteca se deberá acudir a la entidad (fondos de inversión inmobiliarios, aseguradoras e instituciones financieras) que tenga habilitado el producto y esta tiene la obligación de realizar una asesoría clara y oportuna, que le describa el panorama completo al interesado, junto con las condiciones y los riesgos respectivos.
Es preciso indicar que como cualquier otro producto financiero, este se adquiere de manera voluntaria y de mutuo acuerdo entre el cliente y la entidad, por lo que no constituye una expropiación.
En el momento en que los afiliados fallezcan, los herederos tienen la posibilidad de pagar la deuda acumulada o vender el inmueble para levantar la hipoteca y conservar el excedente.
En caso contrario, si no hay pago de la deuda, este deberá ser entregado tal y como se había acordado al momento de acceder al producto.
La renta mensual que recibirán los beneficiarios del producto depende de un análisis financiero de acuerdo con su situación particular, en la que se tiene en cuenta el avalúo de la vivienda, la edad de los solicitantes y la modalidad de hipoteca (vitalicia, temporal o de única disposición).
Asimismo, la vivienda solo pasará a manos de la entidad cuando los beneficiarios fallezcan y luego de que los herederos tomen una decisión con respecto a la deuda del inmueble.
¿Qué pasa si una persona se acoge a la hipoteca inversa y luego se retracta?
Carlos Ruiz, viceministro de Vivienda, explicó en Vicky en Semana que si una persona accede a la figura de hipoteca inversa, pero con el tiempo no quiere continuar con esta, podrá retractarse.
Para ello, la persona deberá devolver el dinero que le han otorgado durante el tiempo que estuvo amparado con esa iniciativa y pagar los intereses del monto que le dieron. Lo mismo ocurriría, según dijo Ruiz, si se presenta un tema de fallecimiento temprano de alguno de los miembros de la familia.
“En ese caso los herederos tienen la posibilidad de recompra, teniendo en cuenta los flujos que recibió la familia. Van a tener un plazo de seis meses y digamos que la familia no tiene la liquidez para hacerlo; allí es donde pueden vender el inmueble y pagar el valor de la hipoteca”, explicó Ruiz.