Peaje archivo Semana
Los vehículos particulares no podrán detenerse en carretera para esperar que pase la restricción del pico y placa regional en Bogotá. En caso de hacerlo, se exponen a multas y sanciones. | Foto: Semana

Movilidad

¡Pilas! Conductores que se parqueen en las vías esperando el pico y placa serán sancionados

Durante este puente festivo se prevé un masivo ingreso de vehículos a Bogotá, por lo que las autoridades recomiendan prestar atención a las restricciones.

9 de enero de 2022

Solo falta un día para que concluya el tradicional puente de Reyes en el país. En ese sentido, miles de viajeros que se desplazan por carretera regresarán a Bogotá, lo que supone un flujo masivo de vehículos durante este domingo y lunes festivo, respectivamente.

Como medida de contención durante el plan retorno, las autoridades de tránsito recomendaron a los viajeros regresar, preferiblemente, durante la jornada del domingo 9 de enero -ya que no aplica el pico y placa-. Sin embargo, los viajeros que decidan volver a la capital del país durante el lunes festivo deben tener presente que a partir de este 10 de enero comenzará a aplicar el llamado pico y placa regional.

En ese sentido, según detalló la Secretaría de Movilidad, a partir de este lunes festivo entrará en vigor una nueva restricción en los nueve corredores de ingreso a Bogotá:

  • Autopista norte: desde el peaje Andes hasta el portal norte del sistema Transmilenio, sentido norte-sur.
  • Autopista sur: desde el límite municipal de Soacha hasta la avenida Boyacá, sentido sur-norte.
  • Avenida Centenario (calle 13): desde el río Bogotá hasta la avenida ciudad de Cali (avenida carrera 86), sentido occidente-oriente.
  • Avenida calle 80: desde el puente de guadua hasta el portal 80 del sistema TransMilenio, sentido occidente-oriente.
  • Avenida carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183, sentido norte-sur.
  • Avenida Boyacá vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano, sentido sur-norte.
  • Vía Suba Cota: desde el río Bogotá hasta la avenida calle 170, sentido norte-sur.
  • Vía La Calera: desde el peaje Patios hasta la avenida carrera 7, sentido oriente-occidente.
  • Vía a Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida circunvalar, sentido oriente–occidente.

En estos puntos específicos, la restricción aplicará de la siguiente manera: entre 12:00 del mediodía y 4:00 p. m. podrán circular los vehículos cuya placa termine en par (0, 2, 4, 6 y 8), mientras que de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. solo podrán hacerlo los impares (1, 3, 5, 7 y 9). En ese sentido, no habrá restricción antes del mediodía y después de las 8:00 p. m.

Infracciones para los vehículos que se parqueen en carretera

Ante la posibilidad de que los viajeros no calculen adecuadamente sus tiempos para ingresar a la ciudad por estos nueve corredores, en el marco del pico y placa regional, existe el riesgo de que terminen optando por detenerse en las vías hasta que la restricción finalice.

El teniente coronel Germán Gómez, jefe de la Seccional de Tránsito y Transporte del Meta, advirtió que los conductores que parqueen en las carreteras a la espera de que concluya el periodo de restricción se exponen a multas y sanciones.

Se van a realizar controles permanentes sobre la vía al Llano para evitar vehículos estacionados. En ese sentido, si usted va a ingresar a Bogotá y está en el horario restringido, busque la población más cercana y espere hasta que pase la restricción”, le explicó el teniente Gómez a la emisora Caracol Radio.

Esta misma dinámica funcionará en las carreteras aledañas a los nueve corredores de ingreso a Bogotá mencionados. En consecuencia, es importante que los conductores atiendan a la norma y, en lugar de parquear sus vehículos en plena vía -aumentando el riesgo de accidentes de tránsito-, busquen un espacio seguro y permitido para esperar el momento adecuado para ingresar a la ciudad.

Vale la pena recordar que las sanciones por el incumplimiento de la medida de pico y placa están estipuladas en el Código Nacional de Tránsito para la infracción C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado”. La multa equivale en 2022 a $ 468.500, la cual está ajustada a valores en UVT establecidos por la DIAN para las sanciones en Tránsito y en Transporte.