ACTUALIDAD
Elecciones 2022 | ¿Cuándo inician las votaciones de colombianos en el exterior?
El registrador señaló que están dadas las garantías para que las elecciones de segunda vuelta se den en completa tranquilidad.
A pocas semanas de celebrar los comicios de segunda vuelta presidencial, el registrador Alexander Vega informó que el próximo lunes 13 de junio iniciará el proceso de votaciones de los colombianos en el exterior.
Además, recalcó que en el exterior las votaciones en primera vuelta se llevaron a cabo en total tranquilidad y seguridad.
Por otro lado, la decisión del Gobierno es realizar el cierre de fronteras, sin embargo, para evitar inconvenientes, solo podrán ingresar a Colombia quienes tengan su cédula inscrita en los puestos consulares. Así mismo, señaló que ubicará biometría para evitar suplantación de los votantes en las mesas que estarán ubicadas en la zona de frontera.
Sobre la misma línea, el registrador dijo que se prestará atención especial en Cúcuta para evitar caos al momento del ingreso de colombianos por los puestos internacionales. Además, confirmó que en Cúcuta votaron 3.016 connacionales, lo que equivale al 2,41% del censo electoral habilitado.
Lo más leído
Desde Cúcuta, el registrador nacional, Alexander Vega Rocha, confirmó que habrá identificación biométrica en los seis puestos de votación dispuestos en la frontera con Venezuela, para que los connacionales residentes en ese país sufraguen en la segunda vuelta presidencial. pic.twitter.com/NDjSAc9IE4
— Registraduría Nacional del Estado Civil (@Registraduria) June 9, 2022
Ley Seca por segunda vuelta electoral
Se conoció que la medida de Ley seca regirá en todo el territorio nacional, a partir del sábado 18 de junio a las 6:00 p. m. y estará vigente hasta el próximo lunes festivo 20 de junio a las 12 m.
Cabe resaltar que en caso de no cumplir la norma, la persona tendrá que pagar una multa de hasta 394.000 pesos.
De acuerdo con el artículo 206, de la Ley 2241 de 1986, se estipula que “queda prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6) de la tarde del día anterior a aquel en que deban verificarse las votaciones, hasta las seis (6) de la mañana del día siguiente a la elección. Los alcaldes municipales impondrán las sanciones correspondientes por violación de esta norma, de acuerdo con lo previsto en los respectivos Códigos de Policía”.
Por otro lado, respecto al toque de queda, la medida no se ha definido en todo el territorio nacional. Cabe recordar que la medida la podrán imponer gobernantes y alcaldes de acuerdo con lo que necesiten en cada municipio.
Así se puede capacitar si es jurado de votación en segunda vuelta electoral
El domingo 19 de junio se realizará en el país la segunda vuelta presidencial entre los candidatos Gustavo Petro y Rodolfo Hernández, para lo cual, los colombianos habilitados para votar podrán ejercer su derecho en las 102.152 mesas, distribuidas en 12.513 puestos de votación.
En cada una de las mesas de votación se encuentran los jurados designados por la Registraduría Nacional del Estado Civil a través de un sorteo electrónico para el cual se utiliza un software que se nutre con las listas de ciudadanos que remiten las empresas privadas y públicas, los establecimientos educativos y los partidos y movimientos políticos.
Los jurados no pueden ser mayores de 60 años. El sorteo se realiza en forma aleatoria para garantizar la heterogeneidad de la filiación política.
Según cifras de la Registraduría Nacional, 690.367 personas fueron designadas como jurados, de las cuales 86.932 son remanentes, es decir, que pueden ser llamados en caso de que algunos de los citados no asistan por motivos de fuerza mayor.
Las funciones de los jurados son el recibimiento de las cédulas de los votantes y verificar que efectivamente esa sea la mesa donde votan, conforme está en el formulario E-10. También deben registrar los nombres y apellidos en el formulario E-11, además de solicitar a cada ciudadano su firma y huella.
De igual manera, deben firmar y entregar cada tarjetón electoral a los sufragantes y custodiar la urna en el momento en que se vaya a depositar. Diligenciar y firmar el certificado electoral que se le entrega a cada persona por haber asistido a su puesto de votación y ejercer su derecho al voto. Además, realizar el escrutinio.
Luego deben entregar los pliegos electorales al delegado del puesto de la Registraduría Nacional que haya sido asignado en ese puesto de votación.