Impuesto vehicular
Límite para pagar el impuesto vehicular: Lista por regiones con las fechas
Cada territorio planea sus respectivas directrices para aprovechar el pago con descuento. Hay que tenerlas en cuenta para no tener que pagar las respectivas sanciones que amerita no efectuar la transferencia en los plazos establecidos.
El impuesto vehicular es una obligación que deben cumplir todos los ciudadanos que adquieran este medio de transporte en el país. Dependiendo del lugar de matriculación y otros aspectos, el valor varía. Este asunto es conocido como la tasación del vehículo.
Si un ciudadano olvida o decide no pagar este impuesto, la multa, luego de pasados los días hábiles para hacer la transferencia, es de 309.336 pesos, equivalente a 8 SMDLV. Sumado a ello y dependiendo de los días que se sumen a la sanción, la multa tendrá una adición de 1,5 % por cada mes de retraso.
Con respecto a los vehículos matriculados en Bogotá, la información de la Secretaría de Hacienda de la capital indica que el plazo máximo para pagar el impuesto con el 10 % de descuento es el 2 de junio. Sin embargo, si una persona no alcanza a efectuar el pago para esa fecha, podrá hacerlo hasta el 28 de junio, pero sin el descuento.
Para hacer este procedimiento, hay que acudir a los puntos de atención del SuperCade y tener a la mano la tarjera de propiedad, exhibir el documento de identidad en físico (para nacionales). Si la persona es extranjera, el documento puede ser la cédula del exterior, pasaporte o permiso de permanencia.
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Con respecto a los vehículos provenientes de Antioquia, la fecha límite para el pago es 21 de abril con rebajas. Frente a los descuentos, la Secretaría de Hacienda del departamento es de 20 % para carros eléctricos de cero emisiones, 15 % por parte de híbridos y 10 % para los vehículos con combustible. La hora máximo es 7:00 p. m. en caso de que se desee realizar el pago en un punto físico de atención.
A partir del día siguiente y hasta el 21 de julio, el pago se podrá hacer, pero con la tarifa plena sin ningún tipo de descuento. Con respecto a Santander, las autoridades informaron que se habilitaron tres fechas para aprovechar los descuentos.
Dependiendo de la fecha que se haga el pago, habrá descuentos del 15 %, 10 % y 5 %. Además de ello, se tiene en cuenta la última cifra de la placa. En ese orden de ideas, los vehículos con matrícula acabada en 1 y 2, tienen las siguientes fechas: 24 de abril - 15 %, 29 de mayo - 10 % y 26 de junio - 5 %.
Las fechas límites de descuento se van ampliando un día por cada dígito consecutivo, lo cual implica que se corra cinco días. A partir de ello, los vehículos finalizados en 9 o 0 tendrán las siguientes fechas máximas: 28 de abril (15 %), 2 de junio (10 %) y 30 de junio (5 %).
Para los carros adjudicados al Valle del Cauca, la Unidad de Rentas del departamento afirmó que los vehículos que tengan su placa entre el 000 y 333 cuentan con la obligación de pagar máximo hasta el 28 de abril. En caso de que las matrículas sean entre 334 y 666, el plazo es 31 de mayo. Aparte, los carros con placas 667 y 999 tendrán la fecha máxima de 30 de junio.
Desde otra región, concretamente en Atlántico, el plazo del pago es 30 de abril para aprovechar el descuento del 70 %. Pasada esa fecha, el descuento se reduce al 60 % y finalmente en junio, la rebaja será la mitad. Luego de estas fechas, no habrá posibilidad de descuentos y el usuario será responsable de la sanción.
Por otro lado, para el caso del Pacífico, el plazo para el descuento del 70 % finalizó el 31 de marzo. No obstante, los propietarios de los vehículos que tengan deudas pendientes podrán acceder a los planes de pago con descuento del 50 % para intereses moratorios.
En el caso de los vehículos de Bolívar, el incentivo es del 20 % de descuento por pronto pago del Impuesto Predial Unificado de los predios residenciales, y del 13 % de reducción en el pago del compromiso para los predios no residenciales. La medida se aplica hasta este 30 de abril como fecha máxima. Para el mes de mayo, el estímulo quedó establecido en un 10 % de descuento para predios residenciales y en un 8 % para predios no residenciales.