Los objetivos alcanzados por la Lotería de Manizales están alineados al plan de desarrollo de la ciudad Manizales + Grande.
Las loterías sortearon millonarios premios. | Foto: Getty Images/iStockphoto

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Lotería de la Cruz Roja y del Huila: resultados del martes 15 de noviembre

Lo premios gordos cayeron en Bogotá y Medellín.

16 de noviembre de 2022

En la noche del martes 15 de noviembre se llevó a cabo una nueva versión de los sorteos de las loterías del Huila y de la Cruz Roja, que dejaron millones de pesos en premios repartidos en los llamados gordos, secos, mayores y menores.

Lotería de la Cruz Roja

La Lotería de la Cruz Roja sorteó un premio mayor de 5.000 millones de pesos, cuyo número ganador cayó en un tiquete despachado en Bogotá. También jugó un seco de 200 millones de pesos, una motocicleta y premios secundarios por 50, 30, 20 y diez millones de pesos.

Estos fueron los resultados de los premios principales:

  • 9458, serie 017 (premio mayor 5.000 millones de pesos, despachado en Bogotá).
  • 9868, serie 202 ($ 200 millones).
  • 5520, serie 101 ($ 50 millones).
  • 9501, serie 238 ($ 50 millones).
  • 4326, serie 007 ($ 50 millones).
  • 7710, serie 103 ($ 50 millones).
  • 2972, serie 030 ($ 30 millones).
  • 9919, serie 043 ($ 30 millones).
  • 7317, serie 032 ($ 30 millones).
  • 5658, serie 018 ($ 30 millones).
  • 4219, serie 064 ($ 30 millones).
  • 7012, serie 104 ($ 30 millones).
  • 4677, serie 046 ($ 30 millones).
  • 1886, serie 249 ($ 30 millones).
  • 4135, serie 081 ($ 30 millones).
  • 7448, serie 014 ($ 30 millones).
  • 3343, serie 242 ($ 30 millones).
  • 2568, serie 150 ($ 30 millones).
  • 9111, serie 238 ($ 30 millones).
  • 1943, serie 087 ($ 30 millones).
  • 9920, serie 215 ($ 30 millones).
  • 9052, serie 136 ($ 30 millones).
  • 2520, serie 188 ($ 30 millones).

Resultados de la Lotería del Huila

La Lotería del Huila jugó un premio mayor de 1.200 millones de pesos y el tiquete ganador fue despachado en Medellín. También sorteó un seco de 90 millones de pesos, dos de 75 millones de pesos, cinco de 30 millones de pesos, once de 21 millones de pesos, así como 19 secos menores, de 12 y 15 millones de pesos.

Estos fueron los números ganadores de los premios principales:

  • 5519, serie 050 (premio mayor de 1.200 millones de pesos).
  • 8563, serie 012 ($ 90 millones).
  • 8894, serie 086 ($ 75 millones).
  • 0665, serie 069 ($ 75 millones).
  • 6774, serie 084 ($ 30 millones).
  • 5116, serie 054 ($ 30 millones).
  • 9496, serie 026 ($ 30 millones).
  • 4104, serie 000 ($ 30 millones).
  • 8217, serie 118 ($ 30 millones).

Resultados Lotería de Cundinamarca

Estos fueron los resultados de los principales sorteos:

  • 8454, serie 085 (Premio mayor $ 3.000 millones, despachado en Bogotá).
  • 6246, serie 153 (Premio mega seco $ 200 millones).
  • 7156, serie 150 (Premio súper tunjo $ 100 millones).
  • 7354, serie 179 (Premio seco $ 20 millones).
  • 0238, serie 103 (Premio seco $ 20 millones).
  • 6558, serie 005 (Premio seco $ 20 millones).
  • 7899, serie 024 (Premio seco $ 20 millones).
  • 3060, serie 259 (Premio seco $ 20 millones).

¿Qué hacer al ganar la lotería?

Para solicitar la entrega del premio se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la Dian y una copia de la cédula de ciudadanía.

Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa, debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) le descontará parte del monto.

De acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.

La Dian llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.

Para la determinación del impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.