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Loterías de Bogotá y Quindío; resultados del sorteo del 9 de diciembre
Estas loterías entregan más de $10.000 millones en premios ‘gordos’ cada jueves.
Este jueves 9 de diciembre jugaron dos importantes loterías en Colombia, la de Bogotá y Quindío. Para el caso de la lotería de Bogotá, el premio mayor es de $9.000 millones, aunque también entregó millonarios premios con los secos de $400 y $100 millones, mientras que la de Quindío tiene un premio de $1.400 millones y otros secos de $40 y $21 millones, entre otros.
A continuación, estos fueron algunos de los resultados de la lotería de Bogotá:
- 8338, serie 036 (premio mayor)
- 2451, serie 355 ($ 400 millones)
Tendencias
- 1129, serie 294 ($ 100 millones)
- 7156, serie 351 ($ 100 millones)
- 9128, serie 180 ($ 100 millones)
Por su parte, el número ganador (premio mayor) de la lotería del Quindío fue el 6560, de la serie 137.
A continuación, otros resultados de la lotería del Quindío:
- 4574, serie 103 ($ 150 millones)
- 6043, serie 035 ($ 75 millones)
- 5144, serie 099 ($ 75 millones)
- 7275, serie 013 ($ 75 millones)
- 4010, serie 034 ($ 45 millones)
- 6636, serie 125 ($ 45 millones)
Cabe destacar que este viernes 10 de diciembre habrá sorteos de las loterías de Medellín, Risaralda y Santander.
¿Qué hacer si gana la lotería?
Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y una copia de la cédula de ciudadanía.
Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le descontará parte del monto.
Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.
La DIAN llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.
Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.
Por su parte, los expertos recomiendan que lo primero que debe hacer el ganador es tener discreción, ya que con esto habrá menos problemas para enfrentarse a una situación en la que familiares, amigos y entidades financieras suelen querer influir en el destino del premio.
De igual manera, es importante conseguir asesoría adecuada como un profesional con experiencia en la gestión de inversiones y patrimonios, que le ofrezca consejos adecuados sobre cómo puede invertir este dinero para que el ganador no acabe con la fortuna rápidamente y se quede sin nada.
También, recomiendan deshacerse de las deudas y más si algunas están en mora. Con respecto a la cancelación de préstamos o hipotecas, dependerá de si conviene según los términos de los contratos de estos.
Otra recomendación de los expertos es invertir, pero conviene repartir el capital en más de un destino para no incrementar innecesariamente el riesgo que supone confiar a terceros el dinero ganado.
Se debe tener en cuenta que la decisión sobre dónde invertir el dinero dependerá del perfil del premiado ante el riesgo, y un experto financiero podría guiarlo para que tome la mejor decisión.