Pólvora
¡No más pólvora sonora! La petición que están firmando los dueños de mascotas por redes sociales
Más de 12.100 colombianos han firmado una petición en Change.org, que se hizo viral en redes sociales, usando el hashtag #AnimalesSinPólvora.
En el marco del proyecto de Ley 172 que modifica el actual Estatuto de protección animal se está firmando por medio de redes sociales una petición para prohibir la pólvora sonora que afecta a los animales.
De acuerdo con expertos veterinarios, los ruidos de las explosiones de los juegos pirotécnicos generan pánico y estrés en los animales, incrementando su ritmo cardiaco, generándoles infartos cardiacos hasta causarles en algunas ocasiones la muerte ya que no son capaces de racionalizar el miedo.
Para evitar que se siga repitiendo esta problemática, que solo el pasado 7 de diciembre de 2020 generó en ciudades como Bogotá, Cali y Medellín la desaparición de entre 140 y 150 perros y gatos, y otros más que resultaron heridos por el uso de la pólvora, Harahela Gómez, una habitante de Medellín, creó la iniciativa ‘Animales sin Pólvora’.
“A pesar de que en el país está regulado su uso y contempla multas para las personas que la fabrican, distribuyen, venden, comercializan y utilizan sin el cumplimiento de los requisitos establecidos, estas leyes solo se enfocan en personas, específicamente en niños, y no enfatizan en su reglamentación que perjudica directamente a los animales”, cuestiona Gómez.
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Las sanciones actuales
Actualmente las sanciones legales por el manejo de pólvora está a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el cual establece multas hasta de cinco Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (S.M.L.M.V) a los padres familia que permitan que los menores de edad hagan uso de la pirotecnia o incluso pueden perder la custodia legal de sus hijos.
En caso de lesiones personales en niños, niñas y adolescentes por el uso de este tipo de artefactos, el Código Penal, artículo 111, contempla penas máximas de 96 hasta 180 meses de prisión y multas entre 33 y 150 S.M.L.M.V.
Así mismo, cabe mencionar que el decreto 4481 de 2006 establece que “está prohibida toda venta de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos a menores de edad”. Quien incurra en esta acción tendrá una sanción pecuniaria de dos a 20 S.M.L.M.V y se le decomisará la mercancía.
“El marco legal parece ser muy amplio en Colombia; pero en lo que respecta al impacto que la pólvora genera en los animales hay muy poco escrito”, señala Gómez.
El proyecto de Ley que se podría quemar en el Congreso
El pasado 20 de julio de 2020 en la Cámara de Representantes se radicó una iniciativa para prohibir algunos tipos de pólvora y regular este asunto con un enfoque de protección animal.
El proyecto de ley contempla la producción, almacenamiento, comercialización, adquisición, uso y disposición de artículos pirotécnicos y fuegos artificiales, y busca garantizar la protección de los animales que se ven afectados por el uso de estos artefactos, pero también atender a los impactos ambientales que se derivan del uso de la pirotecnia.
En resumen, esta acción busca limitar el uso de cierto tipo de pólvora, así como prohibir aquella que supere los 80 decibeles, teniendo en cuenta que, según diversos estudios, este es el tope que debería permitirse para evitar afectaciones a los animales.
La iniciativa está pendiente de discusión en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes.