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Oficial: mujeres víctimas de violencia extrema tendrán prioridad en acceso a vivienda
La medida está dirigida a proteger a las mujeres víctimas de acciones que les causen sufrimiento físico, sexual, psicológico, patrimonial, excesivo, grave e irreparable.
Uno de los flagelos que enfrentan las mujeres que son víctimas de violencia intrafamiliar es que muchas veces tienen que seguir conviviendo con su agresor, debido a que no cuentan con la posibilidad de irse para otra vivienda.
Con el fin de evitar estas situaciones, el presidente Iván Duque sancionó una ley, de autoría de la senadora conservadora Nadia Blel, que otorga prioridad a la hora de acceder a subsidios de vivienda a las mujeres víctimas de violencia extrema.
La nueva norma modifica el artículo 12 de la Ley 1537 de 2012, al incluir un criterio de priorización adicional para las mujeres que son y han sido víctimas de violencia extrema y que requieran o hayan requerido una medida de atención.
Esta ley, que adquiere una gran importancia en estos momentos debido a que la pandemia aumentó las cifras de violencia doméstica y de género al reforzarse el aislamiento de miles de mujeres en un mismo espacio con su agresor, responde también al llamado la Corte Constitucional, la cual pidió al Congreso a adoptar decisiones con enfoque diferenciado dirigido a proteger a las mujeres víctimas de acciones que les causen sufrimiento físico, sexual, psicológico, patrimonial, excesivo, grave e irreparable por su condición de género.
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“En la gran mayoría de los casos el agresor es su cónyuge, su esposo, su compañero permanente, y con esta iniciativa le estamos dando la posibilidad a las mujeres de que accedan, de manera prioritaria, a una oportunidad de tener una vivienda y con esta puedan empezar un proyecto de vivienda libre de cualquier tipo de agresión”, aseguró Blel.
Para que una mujer pueda acceder a este beneficio debe acreditar que ha sido víctima de violencia extrema.
“Para efectos de la presente ley, la calidad de víctima de violencia género extrema se acredita de acuerdo al nivel de afectación de la salud física y/o mental de la mujer víctima, consignada en la historia clínica, la valoración hecha por Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o el dictamen de un profesional del área de la salud realizado en el proceso de reconocimiento de la medida de protección y atención”, indica la nueva ley.
Luego de adelantar este trámite, las instituciones encargadas de acreditar la calidad de víctima de violencia de género extrema, enviarán al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social el documento que soporta la calidad de víctima de violencia de género extrema, según corresponda en un plazo máximo de 10 días contados a partir de su expedición.
Cabe mencionar que la violencia de género extrema es toda acción u omisión que cause un daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o patrimonial, que se denomina como grave en razón a su nivel de afectación al género.
En Colombia, una mujer es víctima de violencia de género cada 23 minutos. Durante el aislamiento preventivo obligatorio al que fue sometida la ciudadanía en el 2020 se presentaron 99 feminicidios y 5.969 agresiones al género.