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Pico y placa en Bogotá para el lunes 2 de mayo: horarios y restricciones
La medida aplica dentro del área metropolitana de la ciudad y dura más de 12 horas.
Este lunes 2 de mayo inicia un nuevo mes, pero siguen rigiendo las medidas de movilidad que se vienen manejando desde el inicio del año, además de la medida que implementó la alcaldía para los motociclistas en horas de la noche, en la que no se permite parrillero varón de jueves a sábado entre 7:00 p. m y 4:00 a. m.
Lo que significa que hoy (lunes 2 mayo) no se podrán movilizar los vehículos particulares cuyas matrículas terminen en número par, 0-2-4-6-8. El pico y placa inicia desde las 6:00 a. m. y va hasta las 9 p. m. en toda la ciudad.
Asimismo, los vehículos de servicio público como taxis no podrán circular los de placas terminadas en 9 y 0, para este tipo de transporte la medida entra en rigor desde las 5:30 de la mañana y finaliza de igual manera a las 9:00 p. m.
Cabe recordar que la Secretaría de Movilidad en su página web tiene habilitada una sección que se llama Pico y Placa solidario, en el que los ciudadanos se pueden transportar en la ciudad, aunque su placa termine en algún número que esté restringido ese día. Esto, única y exclusivamente, si la persona registra su placa y la cantidad de viajes que efectuará durante la jornada.
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Además, debe diligenciar el formulario de solicitud aquí, en el que se le solicitará escribir cuáles serán las direcciones a las cuales se dirigirá y desde qué puntos de la ciudad se harán los viajes. De igual manera, la cantidad de los mismos que desean realizar.
Se puede registrar el vehículo para circular con tres (3) o más personas (incluyendo el/la conductor/a) desde su origen hasta su destino, dentro de la ciudad de Bogotá D.C. El registro estará vigente a partir de hoy y hasta el viernes 06/05 a las 23:59.
También se pueden registrar vehículos Eléctricos o Híbridos de fábrica cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina) y funcionen, alternada o simultáneamente, con motor eléctrico.
Es importante recordar que quienes se registren en esta excepción deben cumplir con las condiciones y requisitos exigidos por la Secretaría Distrital de Movilidad. En caso que se compruebe el incumplimiento de dichas condiciones y requisitos, perderán la posibilidad de registrarse nuevamente durante el término de seis (6) meses.
Es importante tener presente que, la inscripción en el registro de vehículos exceptuados de la restricción de circulación vehicular será válida mientras subsistan las condiciones que configuran la excepción y estará sujeta a la verificación y depuración de conformidad con lo señalado en el Decreto 846 de 2019 y/o la norma que la modifique, adicione, sustituya o derogue, según la Secretaría de Movilidad.
Algunos de los vehículos en los que no aplica la medida son:
- Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.
- Caravana presidencial.
- Vehículos de servicio diplomático o consular.
- Carrozas fúnebres.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
- Vehículos de emergencia.
- Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
- Vehículos destinados al control de tráfico y grúas.
- Vehículos de control de emisiones y vertimientos.
- Motocicletas.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
- Vehículos de medios de comunicación.
- Vehículos de autoridades judiciales.
- Vehículos de transporte escolar propiedad de instituciones educativas.
- Vehículos tipo automóvil, campero o camioneta destinados a la enseñanza automovilística.
- Vehículos con 3 o más ocupantes (deben registrase en la página web de la Secretaría de Movilidad).
- Vehículos híbridos.
- Vehículos con Pico y Placa Solidario.
De igual manera, desde este lunes 2 de mayo de 2022, la Alcaldía de Bogotá levantará la excepción transitoria de pico y placa para el talento humano en salud, medida que regía en la ciudad desde el 21 de septiembre de 2020 y que contribuyó con la atención y el control de la pandemia por la covid-19.