HIDROCARBUROS

Consejo de Estado niega suspensión de pilotos de fracking en el país

El Alto Tribunal negó la medida cautelar con la que congresistas pedían la suspensión provisional de los pilotos sobre yacimientos no convencionales. El Gobierno continuará con el proyecto mientras se resuelve la demanda de busca tumbar el Decreto 328 de 2020 que los regula.

5 de septiembre de 2020
El proyecto de adelantar pilotos de fracking en el país avanza a pesar de las demandas. Foto: Archivo Semana | Foto: archivo/Semana

Un nuevo capítulo vive el país en torno al desarrollo de proyectos de fracking. Ahora el Consejo de Estado negó una medida cautelar que pretendía que se suspendieran de manera provisional los Proyectos Piloto de Investigación Integral sobre Yacimientos No Convencionales de hidrocarburos.

La decisión del Alto Tribunal da luz verde para que se avance con el desarrollo de estas iniciativas, aunque al Gobierno colombiano aún le falta regulación en distintos ámbitos para que que las mismas inicien su implementación.

Las medidas cautelares habían sido solicitadas por un grupo de congresistas que a través de una demanda buscan tumbar el decreto Decreto 328 de 2020, por el cual se fijan lineamientos para el desarrollo de este tipo de proyectos en el país. 

Para la Corporación los planteamientos presentados por los congresistas César Pachón, Katherine Miranda y César Ortiz, no son suficientes para ponerle freno a esta iniciativa por lo que decidió “negar la medida cautelar solicitada por los demandantes, con la advertencia de que esta decisión no constituye un prejuzgamiento”.

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Los congresistas argumentaron que la norma viola el principio de precaución ambiental y que no se realizó la consulta previa para expedirla, por lo que pedían suspenderla mientras se falla definitivamente su demanda.

Específicamente en lo relacionado con la afectación que estos proyectos causarían en materia medioambiental, el Consejo de Estado argumentó que siguen las recomendaciones suministradas por la Misión conformada por el Gobierno para establecer los parámetros de producción.

Argumenta que desde el 8 de noviembre de 2018 el Alto Tribunal ya había dicho que se debe tener de antemano todo tipo de evidencia científica para llevar a cabo un plan de este tipo, y cualquier decisión debe seguir las recomendaciones de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático suscrita en Nueva York en 1992.

El Consejo de Estado es claro en que con este concepto no compromete futuras decisiones a fondo sobre el fracking y su puesta en marcha en Colombia, “puesto que simplemente responde al análisis inicial y previo que corresponde realizar en este estado procesal”.

Es de aclarar que si bien la solicitud de medidas cautelares fue negada, continúa el estudio de fondo de la demanda que pide anular el decreto.

Convocatoria para conformación de comité

Los pasos en torno a la realización de pilotos de fracking no paran. Mientras el Consejo de Estado tomaba esta decisión, por medio de la Comisión Intersectorial de acompañamiento Técnico y Científico a los Proyectos Piloto de Investigación Integral en Yacimientos No Convencionales, el ejecutivo inició la convocatoria para seleccionar a los miembros independientes que formarán parte del comité evaluador de dichas iniciativas.

Este comité será el encargado de evaluar la información generada, las necesidades de fortalecimiento institucional y los resultados de los pilotos, siguiendo las recomendaciones de la Comisión Interdisciplinaria de expertos, para determinar si en Colombia se cumplen las condiciones que permitan proceder o no con la exploración comercial de este tipo de yacimientos.

Los miembros que integren este comité deberán ser independientes. Dos de ellos harán parte de la academia y uno más de la sociedad civil, quienes se sumarán a los representantes del Gobierno.

Para el caso de los representantes de la academia, la Asociación Colombiana de Universidades hará una convocatoria a instituciones acreditadas en alta calidad para que postulen sus candidatos; mientras que en el caso de la designación del representante de la sociedad, la Comisión Intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico convoca a las organizaciones interesadas para que participen de un proceso. Los miembros deberán ser definidos antes del 28 de septiembre.