Ahorro

Los saldos de las cuentas inactivas ahora serán para Icetex

A partir del 1 de Agosto de 2016  entra en rigor la ley 1777. Así que si usted es de los que tiene más de dos cuentas bancarias abiertas sin uso, lo mejor será que las cancele.

Katherinn Cuervo
1 de agosto de 2016
| Foto: Ingimage

Parece ser que la fama que tienen los colombianos de que todo lo dejan a última hora es bastante cierta. Pues, cada que alguna norma o regulación va a entrar en rigor, cientos de ciudadanos  afirman no haberla escuchado o no saber nada acerca del tema, cuando se han decretado hasta con meses de anticipación con el fin de que todos estén preparados. Es el caso por ejemplo del registro de Imei de los celulares, para el cual se dio un plazo desde agosto de 2015 y a la fecha  todavía 3.2 millones de dispositivos faltan por realizar dicho proceso.

Por otro lado, en los últimos años se ha trabajado por la inclusión financiera de más ciudadanos y el uso de medios de tecnología para facilitar el acceso a los servicios financieros, esto con el fin de que la economía tenga un movimiento dinámico y activo. Así, según reporte de Inclusión financiera de 2015 de la Superintendencia Financiera, alrededor de 60,7millones  personas tienen una cuenta de ahorro, de las cuales el 45% se encuentran activas, lo que quiere decir que un poco más de la mitad existen pero no son utilizadas, es decir, se encuentran inactivas.

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De qué se trata esta ley

Recordemos que una cuenta de ahorro se abre, porque existe la necesidad de reunir o ahorrar dinero de manera periódica para poder disponer de él en el momento que se requiera.  Sin embargo, el problema con este tipo de cuentas, es que  muchas personas las abren, las usan por un tiempo y las dejan en el  olvido porque, por ejemplo, les tocó abrirla por un requisito legal a la hora de hacer algún negocio o trámite, creen que la entidad no está ofreciendo los suficientes beneficios, sienten que pierden mucho dinero por los cobros de cuota de manejo, retiro o transacciones y finalmente prefieren andar con efectivo porque aún no confían mucho en el sistema.

Así, estas malas decisiones no solo afectan al sector financiero sino también a los ciudadanía, por lo que desde el  primero de febrero de 2016 se decretó la ley 1777, la cual  indica que los saldos tanto de cuentas de ahorro como corrientes, pasarán al fondo administrativo de Icetex para el otorgamiento de crédito en educación.

Cabe aclarar que las cuentas que pasarán a Icetex, son aquellas que hayan estado inactivas durante tres años, es decir, que no se hayan realizado en ellas algún tipo de movimiento como consignación, retiro o transferencia, esto sin tener en cuenta, el pago de intereses o cobros por comisiones que realizan las entidades bancarias. Así mismo, el traslado de recursos de las cuentas a Icetex, solo se harán si estas cuentas tienen un monto mayor a 322 UVR que equivale a $77.763.

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¿Después de transferido el saldo a Icetex se puede retirar el saldo?

Ahora, aunque hay $1,7 billlones abandonados en las cuentas, después de que este dinero  se transfieran a Icetex, usted tendrá la posibilidad de pedir el retiro o el reintegro del mismo, ya que ese saldo a la fecha, es un recaudado en  especie de préstamo al fondo administrativo que en caso de ser solicitado por el cliente debe ser devuelto. Solo que cuando usted lo requiera, debe pedirlo a la entidad bancaria a la cual esté afiliado, más no a la entidad de crédito educativo, la cual deberá entregarle el saldo en un plazo no mayor a un día después de la solicitud.

Sin embargo, nos recomienda Cifuentes, que si no quiere perder la cuenta, debe hacer movimientos lo más pronto posible antes de que trasladen sus recursos. Pero, si usted es de los que tiene más de cinco cuentas y no usa sino dos, lo mejor será que cancele esas tres que permanecen inactivas, no solo pensando en ayudar al sector financiero con  la depuración de la información sino que también para evitar que se presenten problemas de inseguridad que más tarde le traerán ‘dolores de cabeza’, como el manejo de sus cuentas por parte de terceros para fines de lavado de activos, hurto o hasta financiación de grandes delitos.

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