El jueves 25 de agosto jugaron dos importantes loterías en Colombia, la de Bogotá y la del Quindío. Para el caso de la Lotería de Bogotá, el premio mayor es de 9.000 millones de pesos, aunque también entregó millonarios premios de 400 millones, 100 millones de pesos y 50 millones de pesos; mientras tanto, la de Quindío tiene un premio de 1.400 millones de pesos y otros secos de 40 millones de pesos y 21 millones de pesos, entre otros.

Estos fueron algunos de los resultados de la Lotería de Bogotá:

- 1108, serie 041 (premio mayor, despachado en la ciudad de Bogotá).

- 6660, serie 108 ($ 400 millones).

- 1534, serie 093 ($ 100 millones).

- 3993, serie 057 ($ 100 millones).

- 4418 serie 032 ($ 100 millones).

Por su parte, el número ganador (premio mayor) de la Lotería del Quindío fue el 2608 de la serie 079.

- Seco de 150 millones de pesos: 3155 de la serie 095

- Seco de 45 millones de pesos: 9799 de la serie 75

- Seco de 45 millones de pesos: 8855 de la serie 69

- Sueldazo de 75 millones de pesos: 4983 de la serie 23

- Sueldazo de 75 millones de pesos: 5702 de la serie 35

- Sueldazo de 75 millones de pesos: 1470 de la serie 112

Los demás resultados se pueden apreciar en el siguiente video:

Vale destacar que la noche del miércoles 24 de agosto también jugó la Lotería de Valle. El premio mayor cayó para el número 8888 de la serie 201 y fue despachado en la ciudad de Palmira. El ganador se beneficiará con 4.000 millones de pesos.

En la Lotería del Valle, además, jugó un seco de 200 millones de pesos que cayeron para el número 5676, serie 085, despachado en Santa Marta,; y dos de 100 millones de pesos cada uno, cuyos ganadores fueron el 6751, de la serie 036 (despachado en Cali), y el 8647, serie 166 (despachado en Cali).

¿Qué hacer al ganar la lotería?

Para solicitar la entrega del premio se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la Dian y una copia de la cédula de ciudadanía.

Esta persona no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) le descontará parte del monto.

De acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.

Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.