El lunes 20 de diciembre se llevaron a cabo los sorteos de las loterías de Cundinamarca y Tolima con premios mayores por 3.000 y 2.000 millones de pesos, respectivamente, así como varios millones de pesos en secos y microsecos.

La Lotería de Cundinamarca entregó su premio mayor a un tiquete vendido en Medellín, también entregó un superseco por 200 millones de pesos, un “súper Tunjo” de 100 millones de pesos, cinco secos de 20 millones de pesos y 40 microsecos de diez millones de pesos.

Estos fueron los resultados de la lotería de Cundinamarca:

- 4373 serie 042 (premio mayor).

- 6565 serie 226 ($ 200 millones).

- 9435 serie 129 ($ 100 millones).

- 1293 serie 209 ($ 20 millones).

- 7654 serie 057 ($ 20 millones).

- 4087 serie 249 ($ 20 millones).

- 8163 serie 211 ($ 20 millones).

- 5806 serie 244 ($ 20 millones).

Lotería del Tolima

En cuanto a la Lotería del Tolima, el sorteo entregó un premio mayor de 2.000 millones de pesos con un boleto ganador entregado en Ibagué, secos entre los 20 y los 70 millones de pesos y secos menores entre los cinco y los 15 millones de pesos.

- 9211 serie 113 (premio mayor).

- 2348 serie 113 ($ 70 millones).

- 3620 serie 113 ($ 70 millones).

- 1105 serie 113 ($ 70 millones).

- 0303 serie 045 ($ 40 millones).

- 2670 serie 022 ($ 24 millones).

- 6287 serie 004 ($ 24 millones).

- 0767 serie 059 ($ 20 millones).

Este martes 21 de diciembre jugarán las loterías de la Cruz Roja y del Huila.

¿Qué hacer al ganar la lotería?

Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y una copia de la cédula de ciudadanía.

Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le descontará parte del monto.

Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde al 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.

La DIAN llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.

Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.

Por su parte, los expertos recomiendan que lo primero que debe hacer el ganador es tener discreción, ya que con esto habrá menos problemas para enfrentarse a una situación en la que familiares, amigos y entidades financieras suelen querer influir en el destino del premio.

Asimismo, es importante conseguir asesoría adecuada como un profesional con experiencia en la gestión de inversiones y patrimonios.

También, recomiendan deshacerse de las deudas y más si algunas están en mora. Con respecto a la cancelación de préstamos o hipotecas, dependerá de si conviene según los términos de los contratos de estos.

Otra recomendación de los expertos es invertir, pero conviene repartir el capital en más de un destino para no incrementar innecesariamente el riesgo que supone confiar a terceros el dinero ganado.

Se debe tener en cuenta que la decisión sobre dónde invertir el dinero dependerá del perfil del premiado ante el riesgo, y un experto financiero podría guiarlo para que tome la mejor decisión.