Después de haber sido suspendido durante buena parte de la pandemia, el pico y placa en Medellín y el Valle de Aburra se restableció, en un principio con sanciones pedagógicas y luego con multas económicas.
Para este lunes 25 de octubre la restricción aplica para los vehículos con placas terminadas en 5 y aplica desde las 5 de la mañana hasta las 8 de la noche.
En cuanto a los taxis, la medida aplica para los vehículos con placas terminadas en 0 mientras que para las motos de dos y cuatro tiempos la restricción será para las terminadas en cinco.
Cabe mencionar que los conductores que transiten por la ciudad incumpliendo la medida deben pagar un comparendo de $447.700, además, el automóvil será inmovilizado y llevado a los patios, lo cual aumenta considerablemente el costo de la infracción.
En el caso de las motocicletas de dos y cuatro tiempos, la Alcaldía señaló que la restricción comenzó el pasado lunes 4 de octubre. Se aplicará en los mismos días y horarios de acuerdo con el primer dígito de la placa. Para este tipo de vehículos también habrá dos semanas pedagógicas, es decir, que el periodo en el que se sancionará comenzará el 18 de octubre.
La restricción de las motos está programada así:
2: octubre 6 y 20, noviembre 3 y 17, diciembre 1, 15 y 29, y enero 12 y 26 de 2022.
3: octubre 7 y 21, noviembre 4 y 18, diciembre 2, 16 y 30, y enero 13 y 27 de 2022.
4: octubre 8 y 22, noviembre 5 y 19, diciembre 3, 17 y 31, y enero 14 y 28 de 2022.
5: octubre 11 y 25, noviembre 8 y 22, diciembre 6 y 20, y enero 3, 17 y 31 de 2022.
6: octubre 12 y 26, noviembre 9 y 23, diciembre 7 y 21, y enero 4 y 18 de 2022.
7: octubre 13 y 27, noviembre 10 y 24, diciembre 22, y enero 5 y 19 de 2022.
8: octubre 14 y 28, noviembre 11 y 25, diciembre 9 y 23, y enero 6 y 20 de 2022.
9: octubre 15 y 29, noviembre 12 y 26, diciembre 10 y 24, y enero 7 y 21 de 2022.
Excepciones
Sobre las excepciones a la medida, el secretario de Movilidad, Carlos Mario Mejía, aseguró que “estarán exentos los vehículos eléctricos e híbridos y los que usen gas natural comprimido vehicular, los que atiendan emergencias o situaciones médicas, vehículos de transporte especial, de transporte de alimentos, los destinados a la entrega de domicilios y mensajería, de carga y los destinados a la prestación de servicios públicos, entre otros. Estos detalles se pueden consultar en el Decreto 0730 de 2021″.
La Alcaldía informó que para las causales de exención que requieren inscripción previa las solicitudes se deberán presentar a través de www.medellin.gov.co y el periodo de vigencia se contabilizará desde la fecha de la autorización emitida por la Secretaría de Movilidad.
Así mismo, hay vías en las que no regirá esta medida: el Sistema Vial del Río (Autopista Sur, Avenida Regional y Avenida Paralela), Avenida Las Palmas, Avenida 33 desde el Río hasta su conexión con Las Palmas, laterales de la quebrada La Iguana (entre carreras 63 y 80), calzada norte (sentido oriente-occidente) del Puente Horacio Toro, entre los lazos que permiten hacer el retorno al sur. La restricción vehicular no aplicará en los corregimientos de Medellín.
Para los conductores es clave atender todas las excepciones y poder utilizar su vehículo cuando les sea permitido y no tener que verse expuesto a una sanción económica que puede afectar sus finanzas.