A la hora de conducir en Colombia, ya sea carro, moto, camiones, buses, tractomulas o hasta avión, se necesitan varios documentos esenciales como el Soat, la tarjeta de propiedad, la revisión tecnomecánica (cuando el tiempo la exige) y la licencia de conducción. Dependiendo de cada caso, las autoridades solicitarán uno u otro.

Estos papeles demuestran aspectos claves en la seguridad vial como las capacidades del conductor, que el vehículo que se está manejando cuente con el seguro mínimo en caso de un accidente, que no sea robado y que esté en condiciones óptimas para poder circular por las vías, ya sean locales o nacionales.

Uno de los documentos más importantes es la licencia de conducción, ya que es la que certifica que la persona al volante es apta para manejar dicho vehículo, que cuenta con los conocimientos necesarios y que cumplió con las pruebas que exige el Ministerio de Transporte para demostrar sus capacidades.

Recientemente, el Ministerio de Transporte publicó para comentarios de la ciudadanía un proyecto de resolución que establece mayor rigurosidad y condiciones en los exámenes teóricos y prácticos requeridos para obtener la licencia de conducción en el país.

Esta nueva normativa, en caso de ser aprobada, actualiza los requisitos para el funcionamiento de los Centros de Apoyo Logístico de Evaluación, así como de los exámenes para obtener la licencia de conducción fortalecerá la seguridad vial en el país a través de conductores mejor capacitados.

Así las cosas, todos aquellos conductores que requieran la licencia de conducción deberán presentar un examen teórico y práctico.

El primero será a través de una plataforma tecnológica administrada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial que contiene 40 preguntas de selección múltiple, de las cuales 12 son de actitudes y 28 de movilidad segura y sostenible, normas de tránsito, señalización vial, infraestructura y el vehículo. Para aprobar el examen, el aspirante tendrá que responder acertadamente el 80 % de las preguntas.

En cuanto al examen práctico, este comprende dos pruebas que también están conectadas con la plataforma. La primera es de destreza individual en pista cerrada al tránsito de vehículos que evalúa las habilidades del aspirante para maniobrar un vehículo automotor. La segunda se realiza en vía pública y evalúa las habilidades del aspirante para interactuar con otros actores de la vía.

Actualmente en Colombia, por normativa del Ministerio de Transporte, existen ocho tipos de licencias de conducción, agrupadas en tres categorías: la categoría A es para motocicletas y vehículos de tres ruedas; la B es para vehículos particulares y la C es para transporte público. No obstante, cada una de ellas tiene unas subcategorías.

Todo este tema es reglamentado por la Resolución 1500 del 27 de junio de 2005, la cual también hace referencia a la edad mínima para expedir la licencia, al determinar que “las personas que obtengan licencia de conducción por primera vez para conducir vehículos de servicio particular a los 16 años cumplidos, deberán cambiarla después de los 18 años sin exigirle los exámenes teórico-prácticos y de aptitud física mental previstos en el artículo 19 de la Ley 769 de 2002″.

Tipos de Licencias:

A1 - para la conducción de motocicletas con cilindrada hasta de 125 c.c.

A2 - para la conducción de motocicletas, motociclos y mototriciclos con cilindrada mayor a 125 c.c.

B1 - para la conducción de automóviles,motocarros,cuatrimotos,camperos,camionetas y microbuses.

B2 - para la conducción de camiones rígidos, busetas y buses.

B3 - para la conducción de vehículos articulados.

C1 - para la conducción de automóviles, camperos, camionetas y microbuses.

C2 - para la conducción de camiones rígidos, busetas y buses.

C3 - para la conducción de vehículos articulados.

Vale la pena recordar que cada tipo de licencia exige unas habilidades, conocimientos, aptitudes y condiciones físicas diferentes; razón por la cual, cada una tiene su propio proceso de expedición. Sin embargo, puede que algunos de los requerimientos coincidan.

¿Cuál es la vigencia de cada licencia?

Según el Ministerio de Transporte, las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tendrán una vigencia de diez años para conductores menores de sesenta años de edad, de cinco años para personas entre sesenta años y ochenta años, y de un año para mayores de ochenta años de edad.

Por otra parte, las licencias de conducción para vehículos de servicio público tendrán una vigencia de tres años para conductores menores de sesenta años de edad y de un año para mayores de sesenta años de edad.