Este jueves 2 de diciembre jugaron dos importantes loterías en Colombia, la de Bogotá y Quindío. Para el caso de la Lotería de Bogotá, el premio mayor es de $ 9.000 millones, aunque también entregó millonarios premios con los secos de $ 400 y $ 100 millones, mientras que la de Quindío tiene un premio de $ 1.400 millones y otros secos de $ 40 y $ 21 millones, entre otros.
A continuación, estos fueron algunos de los resultados de la lotería de Bogotá:
- 1440 serie 392 (premio mayor).
- 7760 serie 190 ($ 400 millones).
- 9990 serie 028 ($ 100 millones).
- 8426 serie 150 ($ 100 millones).
- 0047 serie 029 ($ 100 millones).
Por su parte, el número ganador (premio mayor) de la Lotería del Quindío fue el 0123 de la serie 143.
A continuación, otros resultados de la lotería del Quindío:
Premio Número Serie
Seco 150 millones 7080 067.
Seco 45 millones 2256 096.
Seco 45 millones 6632 140.
Seco 21 millones 5409 138.
Seco 21 millones 0005 034.
Seco 21 millones 4335 144.
Seco 21 millones 0849 037.
Seco 21 millones 0496 101.
Seco 21 millones 5349 145.
Seco 21 millones 3397 122.
Seco 21 millones 3203 167.
Seco 21 millones 8198 115.
Seco 21 millones 4474 065.
Seco 21 millones 9469 166.
Seco 21 millones 7428 116.
Seco 21 millones 0214 143.
Seco 21 millones 9924 030.
Seco 21 millones 3206 045.
Seco 9 millones 0108 152.
Seco 9 millones 2495 153.
Seco 9 millones 6543 027.
Seco 9 millones 5711 005.
Seco 9 millones 8832 006.
Seco 9 millones 3894 165.
Seco 9 millones 1967 113.
Seco 9 millones 3812 093.
Seco 9 millones 1967 028.
Seco 9 millones 1851 124.
Seco 9 millones 0514 077.
Seco 9 millones 4149 132.
Seco 9 millones 7975 090.
Seco 9 millones 7859 082.
Seco 9 millones 6775 043.
Cabe destacar que este viernes 3 de diciembre habrá sorteos de las loterías de Medellín, Risaralda y Santander.
¿Qué hacer si gana la lotería?
Para solicitar la entrega del premio, se debe presentar el certificado de Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN y una copia de la cédula de ciudadanía.
Un ganador de la lotería no recibirá la suma de dinero completa debido a que, según está determinado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) le descontará parte del monto.
Es así como, de acuerdo con lo fijado en el Estatuto Tributario, el ganador tendrá que pagar el impuesto por ganancias ocasionales, que corresponde a 20 % del premio, más el descuento derivado del impuesto financiero conocido como 4 x 1.000 sobre el valor bruto obtenido.
La DIAN llama ganancia ocasional al ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no forma parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional, como ganar la lotería o una rifa.
Para la determinación del Impuesto de la ganancia ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del Estatuto Tributario.
Por su parte, los expertos recomiendan que lo primero que debe hacer el ganador es tener discreción, ya que con esto habrá menos problemas para enfrentarse a una situación en la que familiares, amigos y entidades financieras suelen querer influir en el destino del premio.
De igual manera, es importante conseguir asesoría adecuada como un profesional con experiencia en la gestión de inversiones y patrimonios, que le ofrezca consejos adecuados sobre cómo puede invertir este dinero para que el ganador no acabe con la fortuna rápidamente y se quede sin nada.
También, recomiendan deshacerse de las deudas y más si algunas están en mora. Con respecto a la cancelación de préstamos o hipotecas, dependerá de si conviene según los términos de los contratos de estos.
Otra recomendación de los expertos es invertir, pero conviene repartir el capital en más de un destino para no incrementar innecesariamente el riesgo que supone confiar a terceros el dinero ganado.
Se debe tener en cuenta que la decisión sobre dónde invertir el dinero dependerá del perfil del premiado ante el riesgo, y un experto financiero podría guiarlo para que tome la mejor decisión.