Sacar la visa americana es uno de los procesos que más dudas genera entre los colombianos y también uno de los que más se puede tardar, ya que es uno de los documentos de más alta demanda en el país. Esto hace que haya una limitada disponibilidad de citas para ser entrevistado en la Embajada de los Estados Unidos en Bogotá.
Teniendo presente esto, la Embajada estadounidense en Colombia informó que está buscando acelerar los procesos para que los colombianos puedan obtener su visa de manera más rápida. Algunos ciudadanos no necesitarán la cita para ser entrevistados, lo que ahorrara mucho tiempo en el trámite.
Según la información dada a conocer por la Embajada americana, las personas que cuenten con una visa vigente de cualquier tipo, ya sea de trabajo o de turismo, o una visa que se haya vencido en los últimos cuatro años, no tendrán que solicitar cita para ser entrevistados en Bogotá y se ahorrarán esta parte del proceso. Un ejemplo de esto son las personas que tienen visa de turismo y necesitan renovarla.
Sin embargo, la Embajada de los Estados Unidos aclaró que las personas que necesiten una visa de trabajo y tengan la visa normal de turismo no serán beneficiadas de esta excepción a las citas para ser entrevistados.
Ahora, la Embajada estadounidense envió un mensaje para las personas cuya visa está próxima a vencerse.
“No necesitas esperar a que tu visa caduque para renovarla. Recomendamos hacerlo con anticipación e iniciar el proceso dos años antes de que expire. Mientras siga vigente, podrás seguir usando tu visa antigua durante la espera de tu cita de renovación”, dijo la entidad.
¿Qué se puede hacer si niegan la visa?
La gran mayoría de solicitudes para acceder a la visa de Estados Unidos es aprobada para quienes buscan ingreso temporal, es decir, una visa de no inmigrante. De las 3.148.323 solicitudes realizadas para obtener una visa en 2021, el 11,32 % fue rechazado, según datos de Oficina de Asuntos Consulares de Estados Unidos, que reporta la cadena CNN.
Existen varias razones para negar una de estas solicitudes. Una puede ser no entregar información suficiente, de manera que el funcionario consular no cuente con toda la información necesaria para determinar la elegibilidad del solicitante. Otra podría ser que el solicitante no califique para la categoría de visa a la que se postuló o que el solicitante sea realmente inelegible.
De acuerdo con la Embajada de Estados Unidos, los rechazos más comunes son los previstos por los artículos 221(g) y 214(b). A toda persona a la que se le rechace la visa, se le dará el motivo asociado.
- Cuando el motivo del rechazo sea el artículo 221(g), generalmente se le solicita al viajero información adicional antes de tomar una decisión final. El motivo es que la aplicación está incompleta o, en algunos casos, se necesita mayor explicación del propósito del viaje o ampliar las respuestas a ciertas preguntas. También puede ser por ciertos requisitos adicionales, como aranceles, que son específicos de cada caso.
La pregunta 34 es una de las que más comúnmente no es contestada o que se responde erróneamente, según la Embajada. Algunas veces pasa que simplemente la solicitud no es firmada, en ese caso también es argumentado el motivo el artículo 221(g). El tema sobre el que el funcionario consular puede necesitar mayor información puede ser el de empleo o el domicilio legal de la persona en el país.
- Cuando el motivo de rechazo sea el artículo 214(b), significa que los encargados pueden haber encontrado algunos indicios que les indican que la visa de inmigrante podría ser usada por la persona para inmigrar o trabajar ilegalmente en los Estados Unidos.
- Existe otro caso de negación, cuando al solicitante se le justifica no otorgarle la visa bajo la sección 212(a) (9)(B)(i); esto quiere decir que la persona permaneció en Estados Unidos después de la fecha de vencimiento del período de estadía autorizado. O puede ser que el solicitante haya ingresado ilegalmente al país en un momento anterior, en ese caso no será elegible para una visa durante tres a diez años, según sea el caso, contados a partir del momento en que salió del país.
De acuerdo con la información de la cadena CNN, la buena noticia es que cuando la visa fue negada por alguno de los primeros dos motivos explicados anteriormente, bajo la sección 221(g) o 214(b), la persona puede proporcionar la información adicional requerida dentro 12 meses, para que la solicitud sea procesada aplicando de nuevo a la visa. En ese caso, la persona tendrá que cancelar de nuevo la tarifa de aplicación correspondiente.