Si usted tiene un crédito de vivienda, administra negocios fiduciarios, cotiza pensión o tiene un leasing habitacional, esté pendiente porque la entidad financiera encargada debe enviarle, hasta marzo de 2019, un reporte correspondiente a los costos de ese producto financiero de acuerdo con la Superintendencia Financiera de Colombia. La información que reciba debe ser clara y de fácil comprensión, con el fin de que pueda tomar decisiones financieras informadas, planear sus inversiones o elegir entre las diferentes opciones que ofrece el mercado de acuerdo con sus necesidades. Asimismo, tenga en cuenta que en los sitios web de las entidades financieras deben estar disponibles para consulta los diferentes modelos de contrato de cada producto. También se puede acercar a las oficinas o sucursales para consultar temas relacionados con los contratos de los productos, las tasas de interés y las tarifas de los servicios. Si tiene un crédito de vivienda deberá recibir a más tardar el 31 de enero de 2019 el comportamiento histórico del crédito, en el cual se indique cómo se aplicaron los abonos a capital y el saldo de la deuda (ambos en UVR y en pesos), los valores por concepto de seguros e intereses, una proyección para el año en curso en el que se indique cómo será el comportamiento del crédito, y de ser necesario, usted podrá ajustar el plan de amortización a su capacidad de pago. Para esto, deberá efectuar la solicitud ante la entidad financiera durante los dos primeros meses del año con el fin de acordar cambios en las condiciones iniciales en las que se pactó el crédito (Art. 20 de la Ley 546 de 1999). Si por el contrario lo que tiene es un leasing habitacional, también hasta enero la entidad financiera deberá remitirle el comportamiento histórico del contrato, donde se indique cómo se aplicaron los cánones, el saldo por amortizar, los valores por costos financieros, seguros y otros conceptos en UVR y en pesos. Igual que en el caso anterior, y de ser necesario, la información suministrada le brinda la posibilidad de que usted pueda pactar nuevas condiciones con la entidad financiera. Con el extracto de cuenta individual de ahorro pensional en Administradoras de fondo de pensiones (AFPs), el afiliado podrá hacer un seguimiento detallado de su cuenta y de su historia laboral con el fin de corroborar que la información allí consignada esté completa y sea correcta. En caso de cualquier inconsistencia podrá reportarla a la AFP para hacer los ajustes necesarios antes de cumplir la edad de pensión. El extracto que debe ser remitido por la entidad entre enero y marzo de cada año con corte al 31 de diciembre, además le permitirá al afiliado verificar que los aportes hechos por el empleador se estén realizando oportunamente. Si, por otra parte, está afiliado a Colpensiones, es decir al Régimen de Prima Media con Prestación Definida, debe recibir a más tardar el 31 de marzo la información de las semanas y los aportes cotizados, así como la identificación de sus empleadores. Esto les permitirá conocer el estado actual de su historia laboral, solicitar inclusiones, exclusiones o aclaraciones, en caso de considerarse necesario. Respecto al Reporte Anual de Costos Totales, hasta el 31 de marzo los establecimientos de crédito deben suministrarle un reporte que consolide la información de todos los productos adquiridos. En el documento deberá estar discriminado el valor pagado durante el año inmediatamente anterior por concepto de cobros asociados a los servicios y a favor de terceros, retenciones tributarias y los valores generados por las operaciones y productos. Con esta información usted podrá conocer y comparar con otros establecimientos los costos de los productos que tiene con su entidad financiera. Si usted es beneficiario de una sociedad fiduciaria, recuerde que esta debe enviarle un certificado de negocios fiduciarios con fines tributarios en el que le indiquen el valor de los derechos, los rendimientos acumulados hasta el 31 de diciembre del respectivo ejercicio (aunque no hayan sido liquidados en forma definitiva) y los rendimientos del último ejercicio gravable.   Es importante mencionar que, de acuerdo con el calendario tributario de la Dian, las entidades vigiladas deberán suministrar y tener a disposición de los consumidores financieros información con respecto a sus créditos para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.   Cada consumidor financiero es único y la decisión de adquirir determinado producto o servicio con una entidad financiera responde a necesidades diferentes. Por esta razón, es importante que los clientes verifiquen que la información suministrada esté correcta y, en caso de encontrar alguna inconsistencia o tener dudas, las comunique a la entidad respectiva. Vale la pena señalar que la Superintendencia Financiera de Colombia tiene al servicio de la ciudadanía los siguientes canales de atención a través de los cuales la ciudadanía en general puede realizar sus consultas: Punto ciudadano: Calle 7 No. 4-49 Bogotá, D.C. Conmutador: (571) 594 02 00 - 594 02 01 Centro de Contacto: (57 1) 307 8042 Línea gratuita nacional: 018000 120 100 Correo electrónico: super@superfinanciera.gov.co