Luego de conocer las recomendaciones de la Comisión de Expertos, designada para dar al país fundamentos que permitan tomar una decisión sobre la técnica de fracturamiento hidráulico, la senadora, manifestó que coincide con lo concluido por los once miembros, respecto a que antes de iniciar actividades de exploración y explotación en yacimientos no convencionales se debe contar con una base de datos precisa sobre fuentes hídricas subterráneas, subsanar las falencias institucionales en cuanto a su capacidad de actuar como un sistema y gestionar la licencia social en los territorios donde potencialmente se puede usar esta técnica. Pero ante la posibilidad de dar inicio a Proyectos Pilotos Integrales de Investigación (PPI), propuestos por la Comisión para adelantar actividades de exploración en determinadas zonas del Magdalena Medio utilizando la técnica con fines investigativos, Martínez Aristizábal consideró que esto puede ser algo apresurado e incluso discordante, pues se hace necesario cumplir con las condiciones arriba mencionadas, lo cual, a su juicio, demanda de un tiempo prudente para cumplirlas. “Estamos de acuerdo con las medidas previstas por la Comisión de Expertos. Destacaron la falta de licencia social, la debilidad institucional y la carencia de información técnica y científica sobre aguas subterráneas. Pero fueron un poco contradictorios al plantear la necesidad de unas pruebas piloto para lo cual creemos que primero se debe contar con la información suficiente sobre los acuíferos y el riesgo sísmico y ambiental, además de fortalecer la institucionalidad e involucrar a la comunidad, sin afán. Estas son falencias profundas que requerirán mucho tiempo para poder superarlas”, dijo la congresista. La moratoria propuesta por la senadora en su proyecto 115 de 2018, acumulado con los 058 y 071 de 2018 (Senado) se ampara en el principio de precaución, y para ser levantada deberán tomarse una serie de medidas correspondientes con el caso particular de cada zona donde se pueda aplicar dicha técnica. Según el proyecto, que fue presentado por legislador, en agosto del año pasado, y que está a la espera de su primer debate en la Comisión Quinta en marzo próximo, no se podrán suscribir contratos, expedir permisos, licencias ambientales o generar cualquier tipo de acto administrativo destinado al uso del fracking hasta tanto los ministerios de Minas y de Ambiente adelanten ciertos estudios que permitan levantar la moratoria. Para ello se deberá: delimitar cada una de las zonas donde se pretende utilizar la técnica, tener un conocimiento detallado e inventariado de aguas subterráneas y acuíferos, definir las medidas que permitan la protección de estas fuentes hídricas, contar con un estudio sismológico y cartográfico para definir posibles amenazas y medidas de prevención y mitigación de riesgos, tener una evaluación ambiental estratégica, definir un plan de fortalecimiento de la capacidad institucional y de recursos para a vigilancia de esta actividad, contar con un estudio que permita conocer el impacto en la salud humana, un plan de manejo de residuos, saber cómo será la participación de las comunidades y llegar a una concertación en los sitios donde se pretende implementar el fracking, entre otros compromisos. Por su parte, para la Comisión de expertos, antes de iniciar una etapa con fines de explotación comercial, se deberá cumplir con ciertas condiciones que como: facilitar el acceso a la información asociada con el tema, fortalecer la capacidad y desarrollo institucional, acordar el manejo de riesgos en la salud de pobladores cercanos a los sitios donde se realizarán la actividad de exploración, identificar las tecnologías que generen el menor impacto posible, ajustar la legislación existente, definir mecanismos de participación y veeduría ciudadana, identificar las necesidades de capacitación de personal local sobre el fracking, entre otras condiciones.