Pago a empleados con capital, operación en moneda extranjera, inversión con préstamos y gastos sin soporte. La creación de empresas es un desafío constante a las normas, no porque las contradigan sino porque las superan. Las leyes no se hicieron pensando en los negocios de mañanaLa ley es lenta y esto está bien. Es una discusión típica en los cursos de introducción al derecho, donde la polémica se centra en si deberían las normas marcar el rumbo de las sociedades y los negocios, o es la iniciativa privada la que al inventar el mundo va forzando la expedición de reglas que regulen lo que antes no tenía sentido. Los siguientes son algunos de los casos que hoy tienen que superar los emprendedores, desde el punto de vista legal. Siga leyendo: ¿Son ciertos los beneficios tributarios para los emprendedores?Pago con capital o porcentaje de las empresas Un empleado que trabaja para una empresa sin salario en un modelo que le  asegura un porcentaje de participación, es un problema laboral, porque las normas que con justicia garantizan los derechos mínimos de los empleados no permiten recibir en especie más del 50% de su salario. El problema es que en la mayoría de  las startups, los socios y primeros empleados  destinan hasta el 100%  de su tiempo sin remuneración. No existen normas que permitan modificar el porcentaje establecido sobre salario en especie, no se trata de que renuncien a é salario sino que se flexibilicen las opciones pensando  en los nuevos modelos de negocio. Operaciones fuera del país La economía colombiana es todavía una lavandería de dinero del narcotráfico, de la extorsión y de la minería ilegal. Sin saber como lo hacen tengo varias sospechas. Las normas  para impedir dicho lavado se convierten en un problema al momento de exportar servicios (prestar servicios desde Colombia al exterior) porque la monetización de divisas, es decir el cambio de los dólares que llegan a una cuenta es un proceso supremamente complejo. Los bancos no permiten que empresas de nueva creación hagan cambio de dólares, es decir, no pueden recibir transferencias internacionales sino 6 meses después de su constitución. Requieren soporte físico de las transacciones. ¿En la económica digital quien tiene soportes físicos? Solicitan presentación personal en el banco, no  lo permiten por banca virtual.

Le puede interesar: Quiénes no están obligados a inscribir sus bases de datosPor ejemplo, en un negocio que se dedica a crear aplicaciones para israelitas, tiene que esperar a tener 6 meses con un contrato físico y el representante legal en el banco para recibir el ingreso de su primer cliente. Inversión en préstamosCon lo muy complejo que es conseguir inversión, la regulación colombiana no ayuda, impone límites estrictos respecto a intereses máximos, lo que se conoce como la tasa de usura. Estas normas tienen sentido en las personas naturales porque limitan el actuar de  los “gota a gota”, de los abusivos. Pero quien hace una inversión que está sujeta a un riesgo excesivamente amplio tiene derecho a recibir más que un banco, porque en efecto más que un prestamista, es un inversor. Ocurre cuando no tiene sentido invertir en el capital por no incurrir en los costos de transacción que supone preparar un acuerdo de accionistas, de forma que se estructuran créditos participativos o notas convertibles. Gastos sin soporteMuchos emprendimientos se basan en la formalización de industrias totalmente informales. Toman un mercado en el que nunca se ha pagado impuestos o firmado un contrato y servir de intermediario. Esto pasa con compañías que ofrecen empleadas domésticas, plomeros, salones de belleza, campesinos, mecánicos, conductores elegidos o entrenadores personales. Surge el problema que estos proveedores no saben lo que es una cuenta de cobro o el pago de parafiscales, por lo que la empresa registra una gran cantidad de ingresos que no puede deducir. No existe una regulación específica para intermediarios de sectores informales y la Ley supone que todos los proveedores tienen el mismo nivel de formalidad. El derecho es lento por que no inventa mundos sino lo objetiva. En la definición de Rodrigo Noguera,  es “ordenamiento de la vida social expresado en un conjunto de normas.” Socio, Gestión Legal Colombia Consultores S.A.S. Más información sobre creación de empresa en http://www.gestionlegalcolombia.com/crear-empresa-en-colombia.html  y en el correo jnoriega@gestionlegalcolombia.comFP recomienda: Las 21 obligaciones que debe cumplir al emprender