La Cancillería extendió el plazo para realizar el traspaso de visa de residente permanente hasta el 31 de octubre de 2026.
La extensión de la medida tiene lugar en el marco de la entrada en vigor de la Resolución 9316 que eliminó el requisito para portar salvoconducto para efectuar ese trámite.
El Ministerio de Relaciones Exteriores detalló en un comunicado que las personas interesadas en realizar el trámite de traspaso de visa de residente permanente deben cumplir con los requisitos para tener la visa, presentar la copia del documento que se traspasará, así como el certificado de movimientos migratorios que emite Migración Colombia, detallar qué actividad realizan en el país y una carta en la que se indique el motivo del trámite.
Ese despacho detalló: “Aquellos titulares de visa de residente expedidas antes del año 2000 que manifiesten no poder aportar el documento, la nueva resolución permite que durante el proceso de traspaso el solicitante aporte una carta juramentada en la que justifiquen las razones por las cuales no es posible presentarla”.
La información sobre qué exige el Gobierno colombiano para solicitar una visa, los costos de ese trámite y la información general sobre el proceso están en el portal de Atención y Servicio al Ciudadano, Trámites y Servicios de la página web de la Cancillería.