El Concejal de Bogotá, Marco Acosta, demandó con una acción de nulidad por Inconstitucionalidad ante el Consejo de Estado la Circular 2024150000000009-5 emitida por la Superintendencia de Salud, en donde se le da vía libre y se reglamenta la interrupción voluntaria del embarazo.

Con la demanda, el concejal Acosta busca que se deje sin efectos jurídicos a la citada circular, al considerar que la misma atenta contra la ley y la Constitución en los siguientes aspectos:

Primero, la circular contraría y vulnera el principio de separación de poderes, pues la misma regula temáticas que son funciones del resorte legislativo. Además, si fuere el caso, la mencionada circular tampoco cumple con los criterios que la ley otorga para cumplir de manera transitoria con las funciones legislativas.

Segundo, permite que los jóvenes menores de 14 años puedan acceder al aborto sin necesidad de consentimiento de terceros (padres, madres o tutores), desconociendo el conjunto de derechos que la ley le otorga a los padres o tutores a través de la figura de la patria potestad al ser ellos los primeros llamados a ejercer el cuidado y bienestar de los menores de edad.

Tercero, la circular desconoce el derecho fundamental al consentimiento informado, pues la misma, no cuenta con un procedimiento claro al respecto. Lo cual, desencadena una flagrante violación al principio de beneficencia y no maleficencia.

Cuarto, la circular atenta contra el derecho de objeción de conciencia institucional y la libre asociación al impedir el ejercicio del mismo en las instituciones médicas confesionales.

Finalmente, el concejal hizo un llamado para que se enfatice en acciones concretas que promuevan el derecho a la vida y considera que los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, no se pueden ver reducidos a la práctica del aborto, pues esto resulta altamente discriminatorio y vulnera el núcleo fundamental del mismo.