La Sección Primera del Consejo de Estado admitió la demanda de nulidad presentada por el concejal de Bogotá Marco Acosta y el activista Provida David Gerardo Cote, en contra de la circular 2024150000000009-5, por medio de la cual se dan instrucciones frente a la garantía del acceso, calidad e integralidad de la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia, emitida por la Superintendencia Nacional de Salud.
La mencionada demanda fue presentada el 6 de septiembre de 2024 y busca que se dejen sin efectos jurídicos la circular, al considerar que la misma atenta contra el principio de separación de poderes, el derecho fundamental al consentimiento informado, el principio de beneficencia y no maleficencia, la objeción de conciencia institucional y la libre asociación al impedir el libre ejercicio de las instituciones médicas confesionales.
Los accionantes cuestionan además que la circular permita que los menores de 14 años puedan acceder al aborto sin necesidad de consentimiento de terceros (padres, madres o tutores), desconociendo la obligación de cuidado que sobre ellos impone la Ley y la Constitución.
Asimismo, se espera la decisión del Consejo de Estado sobre la solicitud de medida cautelar que consiste en la suspensión provisional de los efectos de la circular.