Aunque estaba previsto que para este lunes, 16 de septiembre, se produjera el regreso de Altus Baquero, magistrado del Partido Liberal, a la Sala Plena, a última hora se decidió que su reintegro no se producirá hasta que la Corte Constitucional los notifique sobre las decisiones que tomó en las últimas semanas.

La presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Maritza Martínez, argumentó que la Corte Constitucional debe enviar una notificación para proceder con el reintegro de Baquero. Por esa razón, la Sala Plena negó su retorno.

A Baquero lo cobijó un fallo de la Corte Constitucional que tumbó la sentencia del Consejo de Estado que había anulado su elección por parte del Congreso de la República. Dicho fallo ocurrió en agosto y ahora la polémica está en sí debe llegar o no una notificación.

Para el magistrado del Partido Liberal dicha notificación no es necesaria, ya que la decisión de la Corte es de público conocimiento y existe un comunicado dando a conocer la decisión.

“La Corte Constitucional, en la Sentencia SU-342 de 2024, protegió mis derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a cargos públicos, suspendiendo los efectos de la Sentencia del 6 de junio de 2024, proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado en contra de mi elección como Magistrado del CNE. Dicha decisión, por su carácter protectivo inmediato, en virtud de los artículos 85 y 86 superiores, obliga a garantizar la ejecución sin demora de las órdenes allí impartidas, en consonancia con el rol esencial de la Corte en la salvaguarda de los derechos fundamentales”, dice Baquero en un oficio que envió a la presidencia del CNE.

Baquero insiste en esa comunicación que: “Los fallos en sede de revisión no son notificados directamente por la Corte a esta entidad, sino a través de los jueces de instancia. No obstante, en el presente caso, dado que las órdenes y el resuelve de la Sentencia SU-342 ya se encuentran insertos en la información difundida oficialmente por la Corte Constitucional, y constituyen hechos notorios de amplio conocimiento en todo el país, es imprescindible dejar constancia que, a partir de la fecha, se hace necesario que el suscrito reasuma de manera inmediata sus funciones como Magistrado de esta honorable Corporación, en estricto cumplimiento del principio de prevalencia del derecho sustancial consagrado en el artículo 228 de la Constitución”.

Por ahora la postura de Martínez se mantiene y sin una notificación por parte de la Corte Constitucional no reintegrará a Baquero al cargo.