La magistrada Paola Meneses, ponente del control constitucional sobre la conmoción interior que declaró el Gobierno Petro en el Catatumbo, se abstuvo de solicitar a la Sala Plena de la Corte Constitucional realizar una audiencia pública para conocer más a fondo las razones por las que se dictaron esas medidas.
En un auto de cinco páginas, la magistrada Meneses argumentó: “Considera que la celebración de la audiencia pública no es necesaria, en la medida en que tanto el decreto de pruebas como las intervenciones ciudadanas han dotado a la Corte de amplísimos y diversos elementos de juicio y argumentos de diferente índole para ejercer el control de constitucionalidad del Decreto Legislativo 62 de 2025”.
La magistrada también explicó que dentro del proceso de revisión han surgido distintas posturas y orígenes que han, tanto defendido, como impugnado la aprobación de ese decreto.
“De esta manera, no es necesaria mayor profundización o la exposición de nuevos aspectos, distintos a los que ya se han planteado en dichos documentos y, además, profusamente sustentados por extenso material probatorio”, explicó Meneses.