Con el cierre de inscripciones de candidatos este sábado, arranca formalmente el pulso entre los partidos políticos para hacerse con el poder regional en los comicios del 29 de octubre.
Una de las herramientas con las que cuentan los candidatos y los partidos políticos es la posibilidad de hacer propaganda electoral, con el fin de darse a conocer ante los ciudadanos.
No obstante, esta propaganda tiene algunas limitaciones, pues no se puede hacer en cualquier momento.
Justamente, para hacer pedagogía sobre el tema, el magistrado del Consejo Nacional Electoral César Lorduy publicó un instructivo sobre cómo y desde cuándo se podrá recurrir a la propaganda electoral.
De acuerdo con el magistrado, este 29 de julio de 2023 inicia la propaganda electoral empleando el espacio público y termina el 28 de octubre de 2023.
“Los candidatos y ciudadanos solo podrán acudir a la propaganda electoral en redes sociales a partir del 29 de agosto, y hasta el 28 de octubre, día de los comicios”, agregó Lorduy, citando la ley 1475 de 2011, que regula la materia.
Otra posibilidad que tienen los candidatos es hacer publicidad a través de los medios de comunicación social, sin embargo esta solo se podrá iniciar desde el próximo 2 de agosto e irá hasta el 28 de octubre.
El Consejo Nacional Electoral define la propaganda política como “toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor de partidos o movimientos políticos, listas o candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular”.
Estas son realizadas por partidos, movimientos políticos, grupos significativos de ciudadanos, los candidatos y precandidatos a cargos de elección popular. Además, personas naturales o jurídicas que los apoyen.
Otro mecanismo clave son las encuestas, que si bien no constituyen ningún tipo de propaganda, constituyen una herramienta importante para analizar las percepciones del ciudadano. Estas, según el magistrado, se podrán publicar en cualquier momento excepto el día de las elecciones.