La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) decidió este miércoles 2 de noviembre pedirle al Congreso que legisle y defina si la Ley de Cuotas en las listas de aspirantes a cargos de elección popular se modificará después de un fallo de la Corte Constitucional que le permitió al género no binario –ciudadanos que no se identifican ni como hombres ni como mujeres– tener su espacio en la cédula de ciudadanía.

La decisión del CNE se dio luego de recibir una consulta de la Registraduría que preguntaba si con la inclusión del género no binario en la cédula se cambiaría la Ley de Cuotas. Al fin y al cabo, la ley exige que mínimo el 30 % de los inscritos deben ser mujeres y el 70 %, hombres.

El caso recayó en manos del magistrado César Lorduy, quien aseguró en su ponencia que, “mientras el Congreso, en cumplimiento del exhorto que le ha hecho la Corte Constitucional en la Sentencia T-033 de 2022, no establezca todos aquellos derechos, obligaciones y servicios que encuentran en el sexo o género, un criterio de asignación, le es vedado al Consejo Nacional Electoral y a cualquier otra reglamentar temas que se encuentran en cabeza del legislador”.

Agregó el ponente que mientras el Congreso decide, “el cumplimiento de la cuota de género en las inscripciones de listas a corporaciones públicas de elección popular se deberá dar en los términos establecidos en el Artículo 28 de la Ley 1475 de 2011″. Es decir, como rige actualmente la ley.

La consulta de la Registraduría llegó al Consejo Nacional Electoral el 13 de octubre. Y aunque Lorduy había conceptuado la semana anterior, los demás magistrados prefirieron indagar sobre el tema. Sin embargo, este miércoles acogieron la ponencia y le lanzaron la pelota al Congreso.

El problema es que el Legislativo, actualmente ocupado en las reformas que tramita el gobierno de Gustavo Petro, tiene menos de un año para tomar la decisión y definir si incluye el género no binario en la Ley de Cuotas.

Recordemos que este año la Corte Constitucional les ordenó al Gobierno y a la Registraduría incluir a este marcador de género dentro de los documentos de identificación. Lo hizo tras analizar el caso de una persona que se consideró travesti y quien aseguró ante el tribunal que no se identifica ni como hombre ni como mujer.

La Corte dio un plazo de seis meses para incluir esta categoría en la cédula y pidió al Congreso que reglamentara el tema. “En relación con la corrección del componente sexo, puedan optar por esa categoría, con las mismas garantías de quienes se identifican oficialmente en forma binaria”, se lee en un aparte del fallo.