La decisión del Tribunal de Cundinamarca de tumbar la lista de diez candidatos seleccionados por el Congreso, entre los que se debe elegir contralor este 3 de agosto, podría dejar el tema en un limbo jurídico. Como el fallo es una medida cautelar, debe ser acatado y el Legislativo está obligado a hacer un nuevo listado. Sin embargo, la decisión puede ser impugnada. Y ya se alistan demandas, en las que se argumenta que, por tratarse de una convocatoria pública y no un concurso de méritos, no se aplica la cuota de género ni se tiene el resultado del examen de conocimiento como único factor de ponderación, que fueron las razones por las que el tribunal tumbó la lista. ¿Qué pasa si el Consejo de Estado les da la razón a los demandantes y en ese momento el Congreso ya eligió contralor?