La negociación del Grupo Radial Colombiano es prácticamente un hecho. Y aunque este es un negocio entre particulares, debe contar con la autorización del Ministerio de Comunicaciones, el cual sólo podría intervenir para que no se lleve a cabo el negocio si no se cumplen uno de los siguientes tres requisitos: que el comprador no sea persona natural o jurídica colombiana. Que exista algún impedimento contemplado en las normas del decreto 22 de contratación administrativa o que, el comprador de los derechos no sea solvente. De acuerdo con esto, el Movimiento Ecuménico Espiritual Cristiano, cuya personería jurídica existe registrada en el Ministerio de Justicia, prácticamente lo que necesita demostrar es el último punto. En cuanto a las desautorizaciones de monseñor Alfonso López Trujillo, el Ministerio de Comunicaciones no puede hacer nada porque de acuerdo con la Constitución colombiana, tiene que respetar el derecho a la libertad de culto.