En un fallo de una acción popular el Consejo de Estado le ordenó a la Alcaldía de Bogotá recuperar el espacio público de la carrera Séptima comprendido entre la calle 24 hasta la Plaza de Bolívar. "Ampárese el derecho colectivo al goce y disfrute del espacio público, afectado por las ventas informales de vendedores estacionarios, semiestacionarios y ambulantes", se señala en el fallo del alto tribunal. También se ordena a la Alcaldía realizar un registro único de vendedores informales. Para ello la administración distrital deberá carnetizar a todos los vendedores de la carrera séptima y alerdañas. Así mismo se insta a que se realice una campaña de conscientización local, en la que mediante distintos medios de comunicación ponga en conocimiento de los vendedores informales los diferentes programas que se ofrecen alternativas económicas y de capacitación. La sentencia va más allá al decir que a los vendedores se les debe dar a conocer que existe un uso indebido del espacio público y que por ello sus mercancías pueden ser incautadas. El 19 de diciembre del 2003, Ángela Lozada de la Cruz entabló la acción popular contra la Secretaría de Gobierno, la Alcaldía Local de La Candelaria, la Policía Metropolitana de Bogotá y la Defensoría del Espacio Público, para reclamar protección de los derechos colectivos. El fallo se da justo en el momento en que la Alcaldía Mayor va a peatonalizar la carrera Séptima.