El monumento al cuarto centenario del descubrimiento de América le da la bienvenida a los visitantes que ingresan a Bogotá por el occidente, sin embargo, son pocos los que conocen su origen.Los monumentos conforman un acervo histórico de libre acceso y se constituyen como piezas de museo al aire libre. Algunos son erigidos como parte de un proceso planificado de reconocimiento de hechos o personajes que han marcado el devenir de las comunidades; otros son desarrollados y expuestos por la voluntad política de mandatarios o funcionarios que ven la necesidad de destacar algún momento histórico.El caso que nos ocupa se erigió por orden del Congreso de la República, cuando mediante la Ley 58 del 19 de noviembre de 1890 se ordenó la conmemoración del cuarto centenario del descubrimiento de América con la erección de una estatua del almirante Cristóbal Colón, acompañado por otra de la reina Isabel de Castilla.Las razones que motivaron esta ley fueron específicas, así como la concepción misma del monumento: la ley anotaba que las esculturas serían en bronce y que el pedestal en mármol llevaría la siguiente inscripción: “La República de Colombia al insigne almirante Cristóbal Colón descubridor de la América, y a la digna protectora de su empresa la Ilustre reina católica doña Isabel de Castilla. 12 de octubre de 1892”.Dando cumplimiento a ella, en 1893 fue contratado el escultor italiano Césare Sighinolfi para la elaboración de las esculturas, pero no fue sino hasta 1897 que las obras finalmente llegaron a Colombia, y hubo que esperar hasta 1906 para que, en la actual calle 13, entre carreras 16 y 17, las inaugurara el presidente Rafael Reyes.Catorce años después de la celebración del cuarto centenario del descubrimiento de América se logró por fin lo que la ley establecía para el 12 de octubre de 1892.Colón y la reina Isabel, hoyEl monumento a Cristóbal Colón e Isabel la Católica ha sufrido la indolencia de muchos y el desconocimiento de otros. Ubicado ahora en la Avenida El Dorado con carrera 97, es reconocido como patrimonio mueble de la Nación, lo que obliga a su mantenimiento y divulgación según la Ley 1185 de 2008, que establece los parámetros para la salvaguardia del patrimonio cultural. La reglamentación legal sobre el patrimonio cultural es necesaria para consolidar las acciones de protección y optimizar los recursos para su recuperación y mantenimiento, que corresponde a responsabilidades individuales y colectivas, institucionales y particulares. Todos somos vigías del patrimonio cultural.*Historiador.