"Se ordenará como medida cautelar de urgencia al ministro de Hacienda y Crédito Público que adelante las gestiones administrativas necesarias para que el Fondo de Mitigación de Emergencias se abstenga de realizar el desembolso del crédito aprobado a Avianca Holdings S.A. por un valor de US$370 millones", señala el fallo. Según el texto, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, deberá adelantar dentro de las próximas 24 horas todas las actuaciones administrativas necesarias con el fin de dar cumplimiento a la orden impartida por el tribunal. Lea también: ¿Cuáles son los alcances del crédito de Avianca? La continuidad o eliminación de la medida cautelar dependerá de que el Ministerio de Hacienda brinde información precisa al tribunal, el cual le solicitó a ese despacho el reglamento con base en el cual se otorgan créditos en el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome). También solicitó las motivaciones de orden técnico para el otorgamiento del crédito como medida regulatoria. “En este apartado, deberán considerarse: la selección de opciones o alternativas, la justificación de la medida (inclusión social, medioambiente, tributación e interés nacional), el análisis de los impactos de la medida y la forma como está prevista su implementación y monitoreo. Particularmente, el análisis de impacto en las condiciones de libre competencia en el mercado aeronáutico nacional”, dijo el tribunal. También pidió las condiciones detalladas del crédito, entre las que se encuentran la existencia de solicitudes y trámites similares por parte de otras aerolíneas que tienen por base el territorio nacional, el monto de los recursos de los que dispone el Fome en la actualidad y cuál es la proyección estimada en los próximos 18 meses. El tribunal pidió además el contrato de prestación de servicios con código No.13.009-2020, suscrito el 28 de agosto de 2020 entre la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la firma de abogados Arnold & Porter Kaye Schiller LLP. Así como las razones que lo justificaron y el propósito esencial por el cual se suscribió, en el marco del crédito de que se trata. Por otra parte, el tribunal le pidió al Ministerio de Transporte los estudios y las razones de conectividad en materia de transporte aéreo que justifican el crédito. Además, requirió el estudio de alternativas y la justificación de cada una de ellas, así como las razones para la elección de la escogida, esto es, el otorgamiento del crédito aludido a Avianca Holdings S.A. Una vez entregada toda esta información, el tribunal decidirá si mantiene la medida cautelar o si la elimina y permite que el Fome transfiera los recursos a Avianca. Lea también: Préstamo a Avianca pagaría salario mínimo anual de 131.385 colombianos Este préstamo, que fue anunciado en las últimas semanas por el Gobierno colombiano, tiene como fin aliviar la crisis económica de la aerolínea, que concentra sus principales operaciones en Colombia, y ayudarla a conservar los empleos directos e indirectos que genera. En los últimos días diferentes sectores sociales y políticos habían manifestado su rechazo a esta decisión, señalando que se trataba de una decisión arbitraria. "Muy buena noticia para la protección de los dineros públicos que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspenda el crédito de US$370 millones ($1,4 billones)", reaccionó en Twitter el exsuperintendente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo. Avianca, que se ha acogido al Capítulo 11 en EE. UU., ha señalado que el juez en ese país aún no ha aprobado ese desembolso, uno de los pasos que se deben seguir para que este se haga efectivo.