Cuando usted empieza una vida crediticia, es decir, empieza a asumir responsabilidades de pago ya sea con créditos o porque se ha comprometido a hacer pagos mes a mes (como sucede con los planes de telefonía móvil) usted ingresa a una gran base de datos. Esa vida crediticia empieza a formar una historia, en la que se hace un registro de cómo ha sido su comportamiento con esas responsabilidades financieras, cuánto demora en pagarlos así como cuántas veces ha pedido nuevos créditos. Con todo esto, lo que logra es mostrar si es “buena paga” y que, a futuro, las entidades le abran las puertas para pedir más créditos con más montos de dinero como, por ejemplo, para una vivienda o un vehículo. Hoy en día, en Colombia, los 18 y 25 años son las edades en las que se está iniciando la vida crediticia, por lo que los jóvenes que no tengan un buen comportamiento de pago, pueden ver afectadas sus oportunidades para acceder a créditos. Sucede que si usted demora 30 días en pagar algunos de sus compromisos, usted ya entra en mora y hay posibilidad de ser reportado a las centrales de riesgo que, en Colombia, son Datacrédito y Trans Unión. Esto significa que empieza a disminuir su puntaje crediticio y que se disminuyen las posibilidades de que le puedan otorgar nuevos préstamos. Ante eso, usted tiene dos opciones: pagar o no pagar. Dependiendo de cuándo lo haga, se puede empezar el “conteo regresivo” para que usted salga de ese reporte. Si paga, puede durar máximo hasta cuatro años, de lo contrario, “según la Superintendencia Financiera de Colombia, el reporte negativo en una central de riesgo durará 14 años” explica Juan Carlos Muñoz, abogado experto en el tema, conciliador en Insolvencia de la Persona Natural No Comerciante. Pero suponiendo que usted paga, recuerde que el reporte dura cuatro años máximo y “para las obligaciones menores a dos años, el tiempo de duración del reporte será igual al doble de la mora” añade el abogado Muñoz. FP le recomienda leer también “Las 5 cosas que usted pensaba que afectan su historial crediticio, pero no”. ¿A quién se le debe? Antes de establecer mecanismos que le permitan a usted exigir la eliminación de su reporte negativo, tiene que tener en cuenta que algunas entidades financieras que realizan el reporte de una “cartera castigada” (deudas que no se pagan después de cierto tiempo, que suelen ser 120 días), “venden esa cartera a otras entidades o empresas especializadas el en recaudo de ese tipo de cartera. Esto implica que la obligación de mantener el reporte negativo ya estará en cabeza de dicha empresa, más no de la entidad con quien se contrajo la obligación”. Muñoz continuó: “Esta situación se resuelve acudiendo directamente a la central de riesgo encargada de mantener el reporte negativo, quien está en la obligación de informarle al titular de la información quién generó o actualizó el reporte” (Ley 1266 de 2008 y decreto 2952 de 2010). Le puede interesar también “Cinco productos y servicios que nunca, nunca, debe pagar con su tarjeta de crédito”. Ya pagué, pero no me han sacado A muchas personas les puede suceder que una vez ya han cumplido con sus pagos y sus obligaciones, siguen reportados a pesar de los tiempos establecidos. Para ello, quienes sepan que ya cumplen con los requisitos, pueden hacer uso de un derecho de petición. El experto abogado en estos temas, Juan Carlos Muñoz, le explicó a FP que el derecho de petición es un derecho fundamental que puede ser ejercido por toda persona en Colombia. Pero en estos casos puntuales, si se desea salir de las bases de datos negativas (como Datacrédito o Cifin), pueden interponerlo: A. Personas que tengan 14 años o más tiempo con reportes negativos en Centrales de Riesgos y que nunca pagaron la obligación financiera que generó el reporte. B. Personas que hayan permanecido en mora con una obligación financiera por menos de dos años: En este caso las personas sólo pueden permanecer reportadas por el doble de la mora. Por ejemplo: Si fulanito se atrasó en el pago de su plan postpago de telefonía celular dos meses, entonces él sólo puede estar reportado 4 meses contados desde el tiempo en el cual la obligación se extinguió por cualquier modo. C. Personas que hayan permanecido en mora por obligaciones financieras por más de dos años, o no sea posible computar el término de mora (como en las cuentas corrientes que se cancelen por mal manejo): En ese caso, el tiempo máximo que esa persona puede permanecer reportada son 4 años, contados a partir del momento en que la obligación se extinga por cualquier modo o se cancele el producto. D. Personas que hayan sido reportadas por entidades que hayan sido liquidadas y no exista alguien que responda por dicho reporte. En cuyo caso, el reporte sólo puede durar 4 años. ¿Cómo hacerlo? El derecho de petición debe ir dirigido no a la central de riesgo sino a la empresa que está generando el reporte. Es decir, si fulanito fue reportado por el Banco XXXX, y siente que su reporte negativo es ilegal, entonces debe solicitar la anulación de dicho reporte directamente ante el Banco XXX, y no ante Datacrédito, Cifin o Procrédito. “Esto, como quiera que estas Centrales de Riesgo sólo son administradores de dicha información que sólo se limitan a mantener actualizada y disponible la información de esta naturaleza”, aclara el abogado Muñoz. El derecho de petición debe contener el nombre y la cédula del deudor interesado en que se elimine su reporte, las razones por las cuales solicita que se elimine su reporte negativo, una dirección física y electrónica para notificaciones y debe ir firmado y con una fotocopia de la cédula por tratarse de un derecho de petición referente a un derecho fundamental al que sólo puede acceder el titular de la información. Pero Muñoz también señala que “si la empresa que generó el reporte ya no existe, entonces el derecho de petición debe ir dirigido directamente a la central de riesgo”. ¿Qué esperar? Según el artículo 14 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la respuesta debe llegar en 15 días hábiles. Si esa respuesta es negativa, se debe interponer el recurso de reposición y en subsidio de apelación. “Si no se recibe respuesta, o la respuesta al recurso de reposición y en subsidio de apelación es negativa, entonces el solicitante deberá interponer una acción de tutela con el fin de que se proteja el derecho fundamental al habeas data, en conexidad con el derecho fundamental al buen nombre, intimidad y a la dignidad humana”, explica el abogado Juan Carlos Muñoz. Hágalo, pero… Cada caso de cada persona es personal y particular, por lo que lo mejor que puede hacer es asesorarse con un abogado experto en habeas data: “Hay muchas personas que intentan realizar este tipo de actuaciones por su cuenta y lo único que logran es empeorar su situación, como es el caso de aquellos deudores que terminan reconociendo obligaciones prescritas por la forma en que redactaron el derecho de petición” señala Muñoz. La segunda recomendación es que el deudor debe intentar en todo momento negociar directamente con la entidad que generó el reporte. “He visto casos en los cuales las entidades suelen eliminar reportes negativos inmediatamente se hace un pago total de la obligación que suele ir acompañado de un descuento importante (a veces hasta del 70% del capital y los intereses adeudados), pero en todo momento deje claro que el pago sólo estará condicionado al retiro inmediato de su reporte negativo de las centrales de riesgo”. Y por último, recuerde que puede resultar un proceso largo el retiro de su nombre de centrales de riesgo, por lo cual debe llenarse de paciencia. Lea también “¿Cómo lograr un crédito nuevo cuando ya tiene otro?”.